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¿Puede tu banco obligarte a sacar dinero de tu cuenta a través del cajero?

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Hoy en día, es cada vez más habitual que cuando se acude al banco a solicitar una retirada de crédito, los trabajadores de ventanilla le obliguen a dirigirse al cajero. Se ha convertido en norma obligarte a sacar dinero de tu cuenta a través del cajero.

En primer lugar, te indicaremos que los fondos que tengas depositados en una entidad de crédito en forma de depósito a la vista, es decir aquel dinero que tengas en una cuenta corriente al que se tiene acceso en cualquier momento y sin previo aviso, deberán ser puestos a tu disposición, en caso de solicitarlo, de forma inmediata mediante el uso de alguno de los medios contemplados en tu contrato.

Es por eso que tu entidad deberá atender, mediante la entrega de efectivo, la orden de pago solicitada con cargo a los fondos que tengas disponibles. Ahora bien, la forma en que las entidades de crédito prestan sus servicios de caja —entre los que se encuentran los reintegros— se ubica dentro del ámbito de la normativa interna de cada entidad.

Las obligaciones del banco ante el cliente y la retirada de efectivo en cajero

Esto tampoco significa que puedan obligarte a sacar dinero exclusivamente a través del cajero sea cual sea la cantidad que solicites. Si una entidad pretende prestar el servicio de caja exclusivamente a través de sus cajeros u otros mecanismos automáticos alternativos, sin que sus clientes puedan hacer reintegros en ventanilla para importes inferiores a determinada cantidad, la entidad deberá:

  • En primer lugar, acreditar la inclusión de la limitación en el contrato de la cuenta.
  • Si la circunstancia fuera sobrevenida, la entidad deberá comunicarte con carácter precio y de forma individual la entrada en vigor de estas restricciones con al menos dos meses de antelación.

En todo caso, la entidad está obligada a informarte sobre los medios que ponen a tu disposición para la prestación de servicios y de posibles restricciones que se pudieran establecer, debiendo figurar dicha información en el contrato de cuenta, para que de este modo, puedas decidir con criterio la entidad con la que quieres mantener abierta una cuenta bancaria.

Reclamaciones y problemas con los bancos

Sin embargo, el «problema de comportamiento» de los bancos no acaba ahí. A pesar del constante bombardeo de marketing de las entidades financieras con el fin de hacer creer a los usuarios que ellos son lo primero, cada año el Banco de España cierra con más de 30.000 quejas.

Muchas entidades, aunque no lo explican en sus contratos, han instaurado una especie de ley tácita que obliga al cliente a trabajar exclusivamente mediante los cajeros. Este cambio, en la gran mayoría de los casos no se ha explicado correctamente al usuario. Como hemos explicado, esto se debe anunciar de forma clara con dos meses de antelación, sin embargo los clientes se encuentran de la noche a la mañana con la imposibilidad de trabajar mediante la ventanilla.

A pesar de que la mayoría de los bonos a los empleados pasan por la satisfacción de los clientes, a diario nos encontramos con cosas que no deberían suceder.

Cajeros que no funcionan

Una de las quejas que más se repiten tienen que ver con el funcionamiento de los cajeros automáticos. Con la imposibilidad de sacar dinero en ventanilla, el cajero se convierte en la única herramienta disponible, pero, ¿qué pasa cuando no funciona?

El problema es que, en muchas ocasiones, los empleados de ventanilla no ofrecen una respuesta o una solución y se limitan a encogerse de hombros. En el peor de los casos, suelen responder con un «eso no es problema mío» y se lavan las manos. No lo decimos nosotros, son los textos de algunas quejas elevadas al Banco de España por clientes reales.

«Pues ponga una reclamación»

Personas que necesitan hacer un ingreso en caja, debido al gran volumen del ingreso, tarjetas bloqueadas, cajeros que no dan el dinero pero que retiran los fondos de tu cuenta… Existen una gran variedad de problemas ante los que no se ofrece solución.

En estos casos, cuando el cliente se queja en ventanilla, la respuesta suele ser un escueto: «esto es así, si no le gusta, ponga una reclamación».

Estas reclamaciones no suelen ir a ninguna parte. El banco, que no quiere mala propaganda, suele poner una solución rápida al asunto devolviendo el dinero o pidiendo disculpas al cliente. Casi siempre, una vez solucionada la reclamación el cliente se busca la vida y se cambia de banco.

Expertos en reclamaciones bancarias

En Sin Cláusulas somos expertos en reclamaciones bancarias de todo tipo. Si necesita ayuda o asesoramiento, disponemos de un equipo de expertos que se harán cargo de su caso y velarán por sus intereses frente a las entidades bancarias.

El peligro de los bonos convertibles

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Los bonos convertibles se convirtieron en un problema que surgió a raíz de otro gran problema: los swap. Es muy importante que sepas qué es un bono convertible, pues hay varios tipos y dependiendo del que sea las consecuencias y los riesogs varían sustancialmente.

Los bonos convertibles más famosos son los que lanzó Banco Popular antes de ser absorbido por Santander.

La entidad española fue multada en su momento por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con un millón de euros por una infracción muy grave. La multa era consecuencia de no informar debidamente a los clientes sobre los riesgos de este tipo de inversiones. El Tribunal Supremo, de hecho, calificó este producto como «producto de inversión de alto riesgo». El mismo tribunal ratificó la multa y condenó al banco a devolver 1,6 millons de euros.

Bonos convertibles financieros

Los bonos convertibles son activos financieros de renta fija con la peculiaridad de que existe la posibilidad de convertirlos en acciones de la empresa. El hecho de que las acciones en las que se puede convertir dicho bono sean fruto de una ampliación de capital es lo que los diferencia de los bonos canjeables. Los bonos canjeables se entragan en acciones ya existentes.

Los bonos convertibles son emitidos por entidades privadas ya que las públicas no pueden financiarse con este tipo de bonos debido a que no pueden emitir acciones.

Acciones voluntarias o acciones obligatorias

La clave del tema es saber si la conversión del bono en acciones es voluntaria o bien obligatoria.

  • Bonos convertibles obligatorios: el bono convertible no será un producto de renta fija, sino de renta variable. No es un producto atractivo puesto que la mejor forma de tener acciones es comprándolas directamente y no mediante bonos que posteriormente se convierte en acciones.
  • Bonos convertibles voluntarios: el titular de estos bonos, llegado le momento, decidirá libremente si quiere convertirlos en acciones o no. Mientras no ejerza el derecho de conversión, el bono convertible se comporta igual que cualquier otro bono, de manera que el inversor recibe los pagos periódicos, así como el pago del nominal de vencimiento.

Un ejemplo claro de los bonos convertibles

Si un inversor colocó 1000 euros en bonos convertibles de una compañía a 20 euros por acción a 3 años y recibe el 5% de interés, le supone una ganancia de 50 euros cada uno de esos tres años. Esto hace una suma total de 150 euros. Cuando han pasado esos tres años, el inversor puede escoger entre recibir los 1000 euros que colocó inicialmente o recibir 50 acciones (que es el resultado de dividir 1000 entre 20).

Si cuando vencen esos bonos, las acciones cotizan por debajo de los 20 euros, lo que debería hacer el inversor es coger los 1000 euros y no aceptar convertir los bonos en acciones. Es lo más lógico, si las acciones están cotizando por debajo de los 20 euros, ¿por qué las iba a aceptar? Sería mucho más sencillo comprarlas directamente, pues están por debajo de los 20 euros.

En cambio, si las acciones cotizan por encima de los 20 euros tras los tres años, sí debería optar por convertir los bonos en acciones. Y, una vez recibidas, ya podrá escoger entre quedárselas o venderlas, pues están por encima de los 20 euros y conseguirá una plusvalía mayor que si no hubiese convertido los bonos.

Conclusión

Como puedes ver, el tema de los bonos convertibles es complejo. Mucha gente perdió dinero en su momento con este tipo de jugadas. Los bancos, con el Popular a la cabeza en su momento, se aprovecharon del desconocimiento del cliente para vender todo tipo de productos oscuros y de difícil comprensión.

En Sin Cláusulas somos especialistas en reclamaciones bancarias de todo tipo. Disponemos de experiencia en este tipo de reclamaciones y logramos siempre que recuperes el dinero perdido. Si has sido víctima de alguno de estos productos tóxicos, puedes contactar con nosotros para que nos hagamos cargo de tu caso.

 

¿Se puede reclamar una hipoteca multidivisa?

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En los últimos años, España ha sido el escenario de una intensa lucha entre los consumidores y los bancos. Swaps, permutas financieras, acciones fraudulentas, cláusulas suelo y otros. Todos estos elementos han supuesto un frente abierto con las entidades bancarias que aprovecharon los años de bonanza económica para gravar de más a sus clientes. Muchos clientes, a lo largo de los años, nos han planteado la siguiente pregunta: ¿se puede reclamar una hipoteca multidivisa?

Las hipotecas multidivisa, de las que ya hemos hablado intensamente en este blog, son un tipo de préstamos hipotecarios que destaca por favorecer a los bancos (igual que las cláusulas suelo).

Este tipo de préstamos, como todos los productos financieros complejos, no resulta nada fácil de entender para un usuario medio. Implican mucha letra pequeña y se manjean conceptos de economía avanzados que requiren conocimientos específicos. Y es de esa complejidad de la que se valían los bancos para «colar» estos productos al usuario.

Es esa misma complejidad y la falta de explicación por parte de los bancos, de lo que se han servido los clientes para reclamar las hipotecas multidivisa en el juzgado.

¿Qué es una hipoteca multidivisa?

Como ya hemos explicado, se trata de un préstamo hipotecario que se desarrolla sujeto a la regulación de monedas extranjeras, en especial se utilizan los yenes y los francos suizos.

El origen de este tipo de productos se remonta al año 2000, aunque el boom de su implementación se dio en 2007.

Es un producto con un funcionamiento confuso, que se presentó como una opción atractiva, especialmente durante los años de la subida del Euro. Los intereses del resto de monedas eran inferiores y eso hacía que los consumidores se vieran atraídos por las hipotecas multidivisa.

Lo que no sabían los clientes es que las monedas son fluctuantes y no siempre mantienen un valor bajo, pues el futuro económico es incierto. Esto convierte la hipoteca multidivisa en un producto financiero de alto riesgo y que requiere un amplio conocimiento en economía.

¿Se puede reclamar una hipoteca multidivisa?

Reclamar las hipotecas multidivisa es posible y, además, factible para el cliente. El Tribunal Supremo ya ha establecido sentencias de nulidad parcial en todos los casos en los que se demuestre negligencia por parte del banco. Es decir, que se han anulado parcialmente en los casos en los que el banco no ofreció toda la información a los usuarios.

En España se estima que hay más de 70.000 afectados por hipotecas multidivisa. Por suerte, de la misma forma que ya sucedió con las cláusulas suelo, los jueces están a favor del cliente en este caso.

¿Qué debes tener en cuenta a la hora de reclamar una hipoteca multidivisa?

Como siempre que se trata de reclamar un producto bancario por vía judicial, deberás tener algunas cosas claras antes de formalizar la queja:

  • No existe un plazo límite para interponer tu reclamación.
  • Todos los afectados pueden reclamar, aún cuando ya se haya pagado el total de la hipoteca.
  • Puedes exigir el cambio de conversión, dejando tu hipoteca en Euros.
  • La devolución del dinero deberá ser total según lo emitido por el juez.

Como siempre, en estos casos lo mejor es contar con la ayuda de un abogado experto en reclamaciones bancarias. En Sin Cláusulas somos expertos en la reclamación de hipotecas multidivisa, cláusulas suelo y swaps.

Si te has visto afectado por alguno de estos productos bancarios, ponte en contacto con nosotros, te asesoraremos en todo momento y nos haremos cargo de tu caso. Reclama con Sin Cláusulas y recupera todo el dinero pagado de más en tu hipoteca multidivisa.

2100 millones de euros devueltos por cláusulas suelo eliminadas

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Las cláusulas suelo han sido (y siguen siendo) un quebradero de cabeza para bancos, juzgados y clientes. La lucha que se inició hace 6 años en los juzgados sigue estando vigente y ya se han devuelto 2100 millones de euros a los clientes.

Las comisiones de seguimiento que el Gobierno y los bancos pusieron para controlar la devolución, han señalado que mas de 480.000 clientes han llegado a acuerdos con sus entidades financieras desde que se iniciaran los procesos de arbitraje.

El dinero devuelto por las cláusulas suelo

A finales de enero de 2019, las entidades han devuelto ya 2.185, 68 millones de euros a un total de 485.097 afectados por la estafa de las cláusulas suelo. Estos clientes han logrado llegar a un acuerdo con sus bancos tras reclamar mediante abogados.

Estos datos reflejan que solo en el mes de octubre de 2018 se devolvieron más de 8 millones de euros a un total de 1815 afectados. De este importe, 6,75 millones de euros se devolvieron en efectivo.

Esto demuestra que la lucha, lejos de terminar, sigue adelante. Todavía queda un gran número de afectados esperando a recuperar el dinero perdido de esta forma. Los bancos, a pesar de las decisiones de los juzgados siguen siendo reticentes a devolver el dinero.

El tiempo pasa y las reclamaciones siguen llegando

El número de solicitudes recibidas por las entidades bancarias no deja de subir. Hasta finales del año 2018 se recibieron 1.174.434 de las que solo se estimaron el 44,32%. De todas las que llegaron, 404.566 no fueron admitidas por los tribunales y unas 6.468 están pendientes de analizar.

En el 93% de las solicitudes estimadas, la entidad bancaria y el clientes llegaron a un acuerdo para el reembolso del dinero cobrado de más en cláusulas suelo. Esto se suele hacer mediante devolución en efectivo o a través de medidas compensatorias.

El dinero en efectivo

Los bancos han devuelto 1819,56 millones de euros en efectivo a los 425.811 clientes que así lo han reclamado. En su lugar, 42.062 clientes alcanzaron acuerdos con las entidades que contemplaban medidas compensatorias en lugar de la devolución.

En 17.224 casos se han usado medidas mixtas, lo que supone un importe de 125,04 millones de euros.

El decreto de las cláusulas suelo

El real decreto-ley 1/2017 de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo estableció un cauce extrajudicial para facilitar a consumidores y entidades bancarias llegar a acuerdos y solucionar las controversias que pudieran aparecer como consecuencia de los pronunciamientos judiciales en materias de cláusulas suelo.

Más tarde, mediante el Real Decreto 536/2017 de 26 de mayo, se creó la comisión de seguimiento, control y evaluación del mecanismo creado por el Gobierno. Las entidades financieras envían estas estadísticas al Banco de España con periodicidad mensual.

Las reclamaciones de los juzgados

A pesar de los mecanismos ideados por el Gobierno para zanjar el tema de las cláusulas suelo, las demandas siguen llegando en masa a los juzgados. Incluso los juzgados que se crearon expresamente para este tema están siendo desbordados por las demandas.

Solo en Cataluña, cuatro juzgados habilitados expresamente para resolver reclamaciones están colapsados. En 2018 se contabilizaron más de 19.000 demandas en estos juzgados.

En Barcelona el juzgado habilitado exclusivamente para esta materia ya ha tenido que suspender parte de los señalamientos. En Lleida se está citando al acto de audiencia previa para junio y julio de 2019.

El porcentaje de asuntos pendientes de sentencia a finales de julio de 2018, se situaba en un 81,60%. El índice de resolución es menor de un 20%. Esto quiere decir que, solo en Catalunya, apenas dos de cada 10 demandantes por cláusulas suelo han visto resuelta su reclamación en los juzgados.

La reclamación judicial, la mejor solución

A pesar de todo este bloqueo, la mejor opción para recuperar todo el dinero perdido en cláusulas suelo, sigue siendo la reclamación judicial. La ayuda de un abogado experto en temas legales es indispensable para recuperar todo.

Los mecanismos habilitados por el Gobierno suelen beneficiar a las entidades. Si acudimos a estos arbitrajes, no recuperaremos la totalidad de lo perdido. Es por eso que los afectados siguen acudiendo a los juzgados y recurriendo a la ayuda de abogados expertos que les asesoran.

Si quieres reclamar el importe perdido por cláusulas suelo, en Sin Cláusulas somos expertos en reclamaciones. No te dejes engañar, todavía estás a tiempo de recuperar todo lo que perdiste. Solo tienes que llamarnos, o ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro formulario.

Con Sin Cláusulas es muy sencillo. Nosotros nos haremos cargo de tu caso, lo gestionaremos todo por ti y no tendrás que preocuparte por nada.

El banco debe pagar los intereses de los gastos hipotecarios desde el inicio del préstamo

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El Supremo determina que la entidad financiera es la que debe hacerse cargo de los gastos hipotecarios desde la firma del contrato y no desde que se produjo el primer fallo.

De esta forma se ratifica la eliminación de otra cláusula abusiva que los clientes han estado pagando desde hace años. Esto se suma al escándalo de las cláusulas suelo y supone un nuevo problema para la banca.

El fin de los gastos hipotecarios

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto en una sentencia, que se dio a conocer en diciembre de 2018, cómo deben calcularse los intereses devengados por las cantidades que el banco debe abonar al prestatario tras la anulación de la cláusula de gastos de un contrato de préstamo hipotecario.

El Alto Tribunal estima de esta forma el recurso de casación interpuesto por un consumidor y considera que la entidad deberá devolver el dinero desde la fecha en que pagó los gastos en cuestión.

La consecuencia de la abusividad de la cláusula de gastos es que debe actuarse como si la cláusula nunca se hubiera incluido en el contrato. Así pues, cada uno de los gastos discutidos deben atribuirse a la parte cuyo cargo corresponda. Esto significa que es el banco el que debe hacer cargo de los gastos hipotecarios desde la firma del contrato.

La nulidad de dicha cláusula, que fue declarada así por un juzgado de primera instancia y confirmada por la Audiencia Provincial, no ha sido discutida ante el Tribunal Supremo. Por ello, la Sala Primera se limita a la cuestión de los intereses.

El juzgado declaró la nulidad de la cláusula y condenó a la entidad prestamista a abonar diversas cantidades en concepto de gastos de tasación y gestoría, más sus intereses legales desde la fecha en la que el consumidor realizó los pagos.

La Audiencia Provincial, en cambio, consideró que los intereses legales a abonar por el banco se devengarían desde la fecha de la reclamación judicial.

Recurso de casación

El Pleno ha estimado el recurso de casación interpuesto por el consumidor, al considerar que los intereses se devengan desde la fecha en que pasó los gastos en cuestión.

El Supremo sentencia que debe imponerse a la entidad financiera la devolución al consumidor de las cantidades que le hubiera correspondido pagar de no haber existido la estipulación abusiva. De lo contrario el banco se «había lucrado indebidamente» al ahorrarse unos costes que legalmente le hubiera correspondido asumir y que cargó sobre los consumidores, mediante la cláusula abusiva.

También considera que tiene similitudes análogas con el pago de lo indebido, en cuanto que el cliente tuvo que pagar algo que no le correspondía y la entidad, aunque no recibió el pago directamente, se beneficiaba al haberlo cargado sobre el cliente.

Es por esto que el Tribunal Supremo ha sentenciado que la entidad bancaria tendrá que abonar el interés general desde la fecha en la que el consumidor realizó los pagos.

Una demanda que tendrá un impacto importante

Hasta el momento de la decisión del Supremo, el 80% de los casos ya estaban dando la razón al consumidor. Sin embargo, a partir de esta decisión, todos los juzgados deberán unificar criterios y favorecer a los consumidores.

Una de las partes más importantes es saber desde cuándo debía devolverse el dinero. Por ejemplo, en hipotecas firmadas en 2007 y reclamadas en 2017, no es lo mismo recuperar lo cobrado desde la reclamación que desde la firma del contrato.

De esta forma, gracias a la sentencia del Supremo, los afectados podrán cobrar los intereses devengados desde el año en el que firmaron la hipoteca.

Reclamar los gastos hipotecarios

En Sin Cláusulas somos especialistas en reclamaciones bancarias. Si te has visto afectado por el pago de impuesto hipotecarios y quieres reclamar, ahora es más sencillo que nunca. Solo tienes que contactar con nosotros mediante teléfono o rellenando el formulario de contacto de la web.

Nosotros nos pondremos en contacto contigo y te explicaremos todo el proceso. Nos haremos cargo de tu caso y te asesoraremos desde el primer momento, para que sepas en todo momento qué está pasando con tu reclamación.

Cómo reclamar el impuesto de actos jurídicos documentados de la hipoteca

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Tras el cambio de marcha del Tribunal Supremo sobre quién debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de la hipoteca, solo nos queda una pregunta: ¿Se podrán reclamar la devolución de los impuestos?

Aunque todo parecía perdido, uno de los abogados que presentaron el recurso por el impuesto de las hipotecas ve posible que se pueda reclamar un indemnización. En su consideración, una vez que fue declarado nulo por la sala segunda del Supremo «automáticamente supone que existe recorrido para iniciar el procedimiento«.

Las vías para reclamar el impuesto de la hipoteca

A pesar de la decisión tomada por el Tribunal Supremo, este caso aún tiene recorrido en los tribunales para aquellos consumidores que ya hayan abonado el impuesto. Asociaciones de consumidores han anunciado que intentarán que la resolución final llegue ante el Tribunal de Justicia Europeo, que ya corrigió al Tribunal español en el caso de las cláusulas suelo.

Desde las asociaciones se trata de defender el derecho de los consumidores a reclamar los gastos de la hipoteca. La imposición a los afectados ya fue declarada nula por el Supremo en diciembre de 2015 y ha generado cientos de sentencias reconociendo el derecho a recuperar todos o parte de los gastos pagados.

Estas asociaciones consideran que el impuesto de la hipoteca está dentro de una cláusula abusiva y habría que sacarla del contrato. Tras el fallo del Supremo de diciembre de 2015 en el que declaraba abusiva la cláusula de gastos de las hipotecas, hay centenares de sentencias de Audiencias que declaran que imponer los gastos a los clientes es abusivo.

Por tanto, se espera que algún juez eleve esta cuestión judicial a Europa.

Reclamaciones por la vía civil

Algunos expertos en reclamaciones bancarias señalan que, según lo expuesto en la sentencia, el texto del fallo dará pie a reclamaciones por la vía civil.

Será el contenido de los votos particulares, en la medida en que estén bien fundamentados jurídicamente, lo que podría dar argumentos a los que por vía civil —o incluso tributaria—, quieran seguir reclamando que sean las entidades bancarias, y no sus clientes, los que paguen el impuesto de actos jurídicos documentados de las hipotecas.

La resolución de Supremo cierra la puerta a la devolución generalizada por parte de la Agencia Tributaria, que sí tendrá lugar con las retenciones en el IRPF a la prestación de maternidad.

La única vía que queda abierta, en este caso, es la judicial. Los contribuyentes que crean vulnerados sus derechos, tendrán que seguir la batalla por la vía judicial, como ya sucedió con las cláusulas suelo. La gran esperanza, una vez más, está en el Tribunal de Justicia Europeo, aunque esto implica la inversión de más tiempo, recursos y dinero.

La mayoría de los expertos esperan a conocer el contenido detallado de la sentencia. Es necesario conocer a fondo los argumentos del fallo ya que lo ocurrido en esta sentencia es inaudito.

¿Cómo reclamo la devolución del impuesto?

De momento, existen las mismas vías que antes de la sentencia para exigir la devolución del impuesto a través de la reclamación por cláusula abusiva.

Sin embargo, nuestro consejo es esperar a que se aclare la situación. Aún queda la vía del Tribunal Europeo, que puede ser vital para la resolución del problema a favor del cliente, como ya sucedió con las cláusulas suelo.

Además el Gobierno anunció también la creación de una reforma del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para que los bancos sean los que paguen este impuesto en los créditos que se firmen a partir de ahora, aunque en este caso no tendrá efectos retroactivos.

También se anunció la creación por parte del Gobierno de una autoridad independiente para la protección del cliente financiero, encaminada a evitar este tipo de abusos en el mercado.

¿Qué es el impuesto de Actos Jurídicos Documentados? El famoso impuesto de las hipotecas

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En las últimas semanas está habiendo mucho revuelo en torno al impuesto de las hipotecas. En el Tribunal Supremo se decide en estos momento si será el cliente o el banco el que se haga cargo de este impuesto, también llamado Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Cada vez que se firma una hipoteca hay que abonar este impuesto que tasa la escritura notarial. El denominado Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, es un porcentaje que varía según la comunidad autónoma en la que se formaliza el trámite.

El impuesto de Actos Jurídicos Documentados

El AJD está regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Este Real Decreto sujeta a gravamen los actos jurídicos que se documenten mediante notaría o documentos mercantiles y administrativos.

Se trata, pues, de un impuesto que cobra la Administración Pública y que actualmente lo recaudan las comunidades autónomas, pues tienen transferidas las competencias de este tipo de tributos. La cantidad depende del importe de la hipoteca y de la comunidad autónoma. Suele ir entre el 0,5% y el 1,5% del total de la compraventa.

El impuesto por comunidades autónomas

Las comunidades que aplican un impuesto mayor —el 1,5%— son Andalucía, Aragón, Comunidad Valenciana, Castilla y León, Cataluña, Galicia y Murcia. Con el 1,25% están Castilla-La Mancha. En el 1,2% se sitúa Asturias, Baleares y Extremadura. Con el 1% está Canarias, Cantabria y La Rioja. Por debajo de esta tasa encontramos a Madrid con el 0,75% y Ceuta, Melilla y País Vasco en el 0,5%.

Según los expertos en reclamaciones bancarias, este impuesto representa la mayor cuantía en la firma de una hipoteca, pues supera a todos los demás gastos. En concreto, el impuesto supone el 70% de los gastos de constitución de una hipoteca, que también engloba el coste de notaría, registro, tasación y gestoría.

El impuesto AJD más alto de Europa

España es el país con el impuesto por la firma de hipotecas más alto de toda Europa, por encima de Francia, Italia o Portugal, donde también existe este impuesto y es el cliente el que lo paga. Sin embargo, otros países como Alemania, Reino Unido y Holanda, no poseen este tipo de impuestos.

Según un estudio realizado por Idealista.com, España es el país que cobra más impuesto por formalizar hipotecas, aunque no sea el único que aplica un gravamen que, como se destaca desde la patronal bancaria, recae siempre en el cliente.

En los países que sí se aplica, lo único que se tiene en común con España es que se aplica sobre los nuevos préstamos hipotecarios. Sin embargo, la carga fiscal es mucho más reducida en todos ellos. En Italia y Portugal, el impuesto se aplica sobre el importe del préstamo, mientras que en Francia se aplica sobre una cantidad equivalente a 1,2 veces el préstamo.

España lo establece sobre la responsabilidad hipotecaria, que suele suponer entre 1,4 y 1,5 veces el préstamo y ronda el importe de la compraventa, pues incluyen el principal más los intereses.

En España, el tipo impositivo depende de cada comunidad autónoma, mientras que en Portugal se paga un 0,6% en todo el país; en Italia un 0,25% —un 2% para segundas residencias— y en Francia un 0,05% que no deja de ser algo testimonial.

7 Comisiones ilegales que los bancos no te pueden cobrar

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A lo largo de los últimos años hemos visto como los bancos y entidades bancarias han ido introduciendo extrañas cláusulas y comisiones en sus contratos. No es de extrañar que, tras el escandalo de las cláusulas suelo, comenzaran a surgir todo tipo de comisiones ilegales y jugarretas extrañas como las hipotecas multidivisa o IRPH.

Muchas de esas comisiones han sido declaradas ilegales por diversas Audiencias Provinciales y muchas han llegado incluso al Tribunal Supremo, creando jurisprudencia sobre estos temas. Muchas veces, los bancos han actuado con una gran falta de profesionalidad y de moralidad, careciendo de ética profesional.

Desde Sin Cláusulas siempre hemos animado a todas las personas víctimas de este tipo de abusos a que denuncien. Es importante no callarse ante este tipo de abusos y seguir la corriente jurídica de sentencias para recuperar el dinero perdido en este tipo de comisiones ilegales.

Para que no te engañen, en Sin Cláusulas hemos preparado esta lista con las 7 comisiones ilegales que los bancos no te pueden cobrar —pero que intentan cobrarte—.

7 Comisiones ilegales que los bancos no te pueden cobrar

1. Comisión por comunicación de posiciones deudoras vencidas

Este tipo de comisiones suelen oscilar entre los 20 y los 40€. El Banco de España ha dictaminado que esta es una mala práctica bancaria. También existen sentencias en varias Audiencias Pronvinciales decretando que esta es una comisión ilegal y que no puede cobrarse.

2. Comisión por el retraso en el pago de una cuota de préstamo

No importa qué tipo de prestamo. Da igual si es normal, hipotecario, en cuenta de crédito o si son los pagos atrasados en las cuotas de las tarjetas de crédito. Aún cuando figure en los contratos o escrituras, esta es una cláusulas abusiva y, por tanto, directamente nula.

3. Comisión de descubierto en cualquier cuenta

En este se incluye cualquier tipo de cuenta, incluso las de crédito. Esta comisión suele oscilar entre el 2% y el 6%, y las aplican los bancos osbre el mayor saldo deudor mensual o sea que no se cobra de una vez, se cobra todos los meses. Esta es una comisión ilegal y, por tanto, ningún banco puede cobrarte.

4. Comisiones de devolución de efectos comerciales, talones, pagarés y recibos

Estas comisiones afectan a quien presente para su compensación cualquiera de estos productos y les sea devuelto. Precisamente esta comisión ilegal a llevado a la quiebra a muchas empresas y hay sentencias en firme en las que se obliga a los bancos a devolver hasta 500.000 € en concepto de comisiones ilegales.

Estas son las comisiones qué más veces se han declarado ilegales y que muchos bancos siguen cobrando a sus clientes. En cuanto a las comisiones más importantes y productos que se han declarado ilegales tenemos:

5. Los SWAP

En Sin Cláusulas hemos hablado largo y tendido de los SWAP. Estos productos son llamados también «permuta de interés, permuta financiera con tipo convertible a tipo variable, swap flotante bonificado, clip, swap reversible medio…». Se trata de productos sumamente complejos y muy difíciles de entender hasta para persona con conocimientos financieros.

Se trata de los conocidos como warrant call adaptados de forma interesada a los préstamos hipotecarios, mediante engaños y sin advertir al cliente que, aunque cancele la hipoteca, puede tener que seguir pagando por el swap.

6.Cláusulas suelo

Otra de las figuras que hemos analizado y explicado en este blog muchas veces. Es indiscutible que las cláusulas suelo son ilegales y, por tanto, deben ser eliminadas de las hipotecas. Otro punto que tampoco conlleva discusión es que esa ilegalidad es retroactiva.

Los bancos suelen recurrir a chantajes y prácticas nada ortodoxas para hacer novaciones, mediante los que el cliente pierde todos los derechos, adquiere otros productos y todo tipo de jugarretas. La cláusula suelo es ilegal y no hay más, si aún tenemos una de estas, hay que reclamar.

7. La desaparición del IRPH de Bancos y Cajas y su cambio por el IRPH de entidades

Entodos los contratos de hipotecas IRPH de Bancos Y Cajas, existe una cláusula sustitutiva. En este caso, se sustituye por el Euribor. A los bancos no les interesa ya que el IRPH es más fácil de manipular y rara vez alcanza niveles bajo.

Si tenía una de estas, no tiene que cambiar nada. Solo aplicar la cláusula sustitutiva y pasar del IRPH de Bancos y Cajas al Euribor. No hay que caer en las trampas y los intentos de novaciones de los bancos.

Si crees que tu banco te está cobrando de más, no tienes más que acudir a un experto. En Sin Cláusulas somos expertos en reclamaciones bancarias, si crees que puedes tener alguna cláusula extraña en tu hipoteca o si te han estado cobrando comisiones ilegales, ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos sobre la mejor forma de recuperar tu dinero.

¿Necesito un seguro de hipoteca?

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Muchas veces, al contratar una hipoteca pensamos en si debemos contratar un seguro de hipoteca. Casi siempre, serán los bancos los que nos ofrezcan —o nos obliguen a contratar— uno de estos productos.

Lo primero que deberías saber sobre el seguro de hipoteca es que no es un producto obligatorio por Ley. Aunque, en algunos casos es posible que necesites contratar uno. Muchas veces, la aprobación de la hipoteca dependerá de que contrates uno de esos seguros.

El seguro de hipoteca

Muchas veces el «sí» final del banco dependerá de la contratación de un seguro de hipoteca. Así que casi siempre, la decisión final dependerá de las condiciones que nos ponga el banco a la hora de solicitar la hipoteca.

Según la Dirección General de Seguros: la legislación actual no adjudica con carácter general y directo al deudor de una hipoteca la necesidad obligatoria de contratar un seguro sobre el inmueble hipotecado.

Esto significa que no es necesario contratar uno de estos seguros, ya que por Ley no estamos obligados. Sin embargo, casi siempre se hará indispensable, pues se convertirá en una obligación contractual con el banco. Las entidades, casi siempre, pondrán como condición para la aceptación del préstamo, la contratación de un seguro de hipoteca.

¿Necesitas contratar un seguro de hipoteca?

La normativa reguladora del mercado hipotecario tiene ciertos requisitos para que los bancos puedan emitir títulos en el mercado.

Esto quiere decir que, si un banco quiere emitir cédulas o bonos hipotecarios con base a los préstamos con garantía hipotecaria concedidos a propietarios de hipotecas, concederá el préstamo si el deudor se compromete a suscribir un seguro de daños para el citado inmueble.

Por tanto, la obligación del deudor siempre sreá de carácter contractual, pero jamás legal.

En definitiva, evaluaremos si nos convienen o no este tipo de seguros y, tras analizar muy bien nuestras necesidades y preferencias, tomaremos una decisión sobre si debemos o no contratar un seguro de hipoteca.

Otro aspecto muy importante que debemos tener en cuenta, es que los seguros de hipoteca suelen ser más baratos si acudimos directamente a la compañía de seguros, sin pasar por la mediación del banco. Esto, en muchos casos, se debe a que los bancos tratan de colarnos cláusulas que no son de nuestro interés y que, si no repasamos de forma detallada el contrato —con ciertos conocimientos mínimos—, podemos no darnos cuenta de ellas.

¿Qué tipos de seguros existen?

Hay muchos tipos de seguros para la contratación de un préstamos hipotecario. Los seguros de protección de pagos son los más comunes en la actualidad. Debido a la fuerte crisis financiera en la que muchas familias no podían hacer frente a sus pagos, muchos bancos han comenzado a imponer este tipo de seguros como condición para el préstamos hipotecario.

Estas pólizas de seguro pagan al banco las cuotas que el cliente no pueda pagar. Por supuesto, estos pagos tienen un límite según el tipo de contrato. Nunca hay que acceder a este tipo de seguros sin antes haber leído por completo el contrato, ya que siempre pueden esconder cláusulas abusivas.

El otro tipo de seguro hipotecario más común es el de daños sobre el inmueble hipotecado. Mucha veces, al conceder el préstamos, la entidad bancaria exige la contratación de este tipo de seguros por un importe igual al valor de tasación del inmueble.

Estos seguros tienen por finalidad indemnizar a la persona que aparece como asegurada, normalmente el propietario, de los posibles daños que pueda sufrir el inmueble por determinadas causas establecidas asímismo en el contrato. En este caso, la entidad tiene derechos sobre indemnización que pueda recibir el asegurado, ya que si el inmueble que actúa como garantía se destruyese, la garantía desaparecería.

Los seguros de amortización son seguros de vida, que se caracterizan porque el asegurado asume el pago de la cantidad pendiente de amortizar del asegurado-prestatario. Si ocurre alguna de las contingencias previstas en el contrato —habitualmente fallecimiento o invalidez— antes de haber satisfecho la totalidad de la deuda.

Contratar o no contratar

Como puedes ver, existen varios tipos de seguros de hipoteca. Lo más habitual es que la entidad condicione la aceptación del préstamo a la contratación de uno de estos seguros. En ese caso, si quieres la hipoteca tendrás que acceder. Aunque no estás obligado por la Ley, las entidades prefieren cubrirse las espaldas en estos temas.

Incluso sin estar obligado a contratarlos, en algunas ocasiones tener uno de estos seguros es una buena idea. Está en tu mano analizar y estudiar la viabilidad de estos seguros. Muchas veces son una protección extra frente a cualquier contingencia, sin embargo, en otras ocasiones puede ser una carga y una imposición injusta por parte del banco.

La decisión final siempre será tuya y deberás meditarla con tranquilidad. Estudia todas tus opciones y no te decidas hasta tenerlo todo completamente claro.

Cómo eliminar el IRPH de mi hipoteca

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El IRPH es uno de los dos índices hipotecarios utilizados en nuestro país. Se trata de un índice muy polémico ya que ha sido considerado en numerosas ocasiones, tanto por la justicia como por los expertos, como un índice abusivo para los clientes.

Esto se debe a que puede ser manipulado por las entidades bancarias con bastante facilidad. Además, nunca ha cotizado por debajo del Euríbor, ni siquiera en los peores momentos de la crisis. Todo eso ha fomentado que los consumidores lo perciban como un fraude.

Muchos consumidores, afectados por una hipoteca con IRPH han reclamado y han solicitado que se les devuelva el dinero, además de renegociar sus hipotecas esta vez basándose en el Euríbor.

¿Cómo puedo quitar el IRPH?

Por suerte para los consumidores existen diversas formas de eliminar el IRPH de las hipotecas. Hoy queremos explicarte cuáles son las formas más comunes de hacerlo para que puedas reclamar y librarte de este índice arbitrario.

Novación de la hipoteca

Renegociar las condiciones de tu préstamo hipotecario con el banco te permitirá, entre otras cosas, realizar el cambio de índice. Se trata de un proceso que llevará un coste en comisiones, por lo que te conviene calcular en cuánto tiempo podrás amortizar el cambio.

Subrogación de banco

Si tu banco no da su brazo a torcer, puedes simplemente cambiar tu hipoteca de banco. Busca uno que acepte tus condiciones o que te ofrezca unas mejores condiciones en general. De la misma forma que la novación, este cambio también tiene ciertos costes, por lo que deberás estudiar de antemano si te merece la pena.

Contrato privado

Sin duda esta será la mejor estrategia para cambiar el contenido de nuestro contrato, ya que no tiene ningún coste real. El mayor problema es que las entidades no suelen estar a favor de este tipo de cambios.

El problema con este proceso es que tendrás que guardar como oro en paño la copia del nuevo acuerdo, ya que no existirá una tercera copia ante notario y si pierdes tu acuerdo, no tendrás forma de reclamar ante cualquier posible contratiempo.

Contrato ofrecido por los bancos

Existen algunos casos en los que es el propio banco el que ofrece este tipo de acuerdo privado a sus clientes. En este caso, se recomienda encarecidamente leer y comprender de manera íntegra el contrato, para garantizar que en el nuevo contrato no se favorezca al banco.

Lo mejor es que un abogado especialista en reclamaciones bancarias, revise el texto antes de tomar una decisión. Una mala señal sería que la entidad no te permita sacar el documento del banco. En este caso, no deberías firmar nada, pues el secretismo nunca suele ser bueno.

¿Es viable demandar para eliminar el IRPH de mi hipoteca?

En lo que concierne a la falta de transparencia del índice IRPH, han sido muchos los casos en los que se ha señalado como motivo de anulación. Aquí hemos hablado con anterioridad de este problema y te hemos explicado ya qué debes hacer y cómo hacerlo.

En particular, algunos afectados presentaron demandas judiciales alegando que en la sucursal les recomendaron acogerse al IRPH por ser un índice más estable y barato que el Euríbor, algo que resultó ser incierto. Esto se puede considerar como un vicio del consentimiento, al no ser claro y mentir voluntariamente.

El problema con la vía judicial es que no siempre garantiza la victoria. Además, estos procesos contra los bancos suelen ser innecesariamente largos y costosos. Un planteamiento erróneo o una falta de argumentación podría suponer que tuvieras que hacerte cargo de los costes del juicio, lo que supondría un gasto importante.

Una opción que te permitirá esquivar una demanda, pero eliminar el IRPH de tu hipoteca, es plantear una reclamación bancaria ordinaria, que después podría ser llevada al Banco de España.

Sin Cláusulas y las hipotecas con IRPH

En Sin Cláusulas somos especialistas en este tipo de reclamaciones. Contamos con muchos años de experiencia en el ámbito de las reclamaciones bancarias y hemos eliminado el IRPH de muchas hipotecas.

Si tienes este problema puedes ponerte en contacto con nosotros para que te ayudemos a reclamar. Nuestros abogados especialistas te asesorarán desde el primer momento y te acompañarán en cada paso de la reclamación.

Ponte en contacto con nosotros y cuéntanos tu caso para que podamos ayudarte a reclamar.