Participaciones preferentes.

Haber contratado participaciones preferentes supone que en su día te vendieron un producto de alto riesgo, de liquidez mínima, y sin fecha de vencimiento, es decir, a perpetuidad.

Este tipo de contratos ha generado miles de reclamaciones judiciales, para recuperar la inversión, ya que este producto, en la mayoría de los casos, se ha comercializado ocultando la realidad del mismo, e interpretarlo requiere de grandes conocimientos económicos, de los que en muchos casos hasta el comercial de la entidad bancaria desconocía.

Procederemos a la reclamación por vía judicial, apoyándonos en las innumerables sentencias favorables que existen actualmente en el marco jurídico español.

Si se hubiera dado el caso de que ya hubieras aceptado acudir a arbitraje, que es la propuesta que el banco habrá intentado ofrecerte, tan solo te resta esperar a su resolución, ya que esto impide acudir por la vía judicial para su reclamación.

 

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