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Iker Casillas y las acciones de Bankia

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El futbolista Iker Casillas rechaza la opción que presentó Bankia para devolver de forma voluntaria el dinero perdido por los clientes en la compra de acciones de Bankia durante su OPV de 2011. Casillas rechaza esta opción y ha decidido seguir adelante con su demanda judicial para recuperar todo su dinero.

Reclamar el dinero perdido en acciones de Bankia

El ex-jugador del Real Madrid tiene abiertos dos procedimientos judiciales contra Bankia. Uno como inversor particular, por una cantidad de 240.000 y otra a través de una empresa de la que es propietario por una cantidad de otros 240.000 euros.

De esta forma los jueces encargados del caso serán los que deberán decidir si dan la razón o no a la parte demandante. De ser así Bankia deberá devolver el dinero íntegro, además de un interés que será del 3 o del 4%. Esto supone una gran diferencia pues la entidad devuelve todo el dinero, pero a un interés del 1%, lo que en un caso tan importante supone una diferencia importante, como ya señalamos en nuestra guía.

Un rostro conocido afectado por las acciones de Bankia

Iker Casillas declaró en una rueda de prensa en octubre de 2015 que se sentía engañado por la entidad con la compra de acciones. El portero se ha negado a aceptar la decisión de la entidad de devolver el dinero a un 1% de interés y seguirá con el proceso judicial hasta el final.

A pesar de tener que hacer frente al coste de los abogados, de ganar el juicio Iker Casillas podría recuperar hasta 80.000 euros más por vía judicial que mediante la devolución voluntaria.

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Nueva cláusula suelo para proteger a la banca

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La cláusula suelo sigue siendo un problema para los usuarios de banca. Los juzgados de España están saturados con las demandas para eliminar estas cláusulas abusivas. Ahora, con el Euribor más bajo que nunca, hay que sumar otro problema: los bancos no quieren pagar por sus hipotecas.

Un nuevo tipo de cláusula suelo

Las entidades bancarias están modificando sus contratos y sus hipotecas para introducir un nuevo tipo de cláusula suelo. La cláusula cero, pretende proteger a la banca de las tremendas bajadas del Euribor que ya se sitúa en números negativos.

Con esta acción, los bancos pretenden protegerse de continuas bajadas que superarán los diferenciales y que les obligarán a devolver dinero a sus clientes.

Por suerte para los bancos el actual porcentaje negativo no es aplicable, pues el diferencial marcado por las entidades todavía supera dicho porcentaje. Sin embargo, las entidades bancarias temen que el BCE siga con sus políticas expansionistas y las continuas bajadas «se coman» ese diferencial, obligándolas a devolver dinero a los usuarios.

La banca siempre gana

Para prevenir este escenario, las entidades bancarias están revisando sus contratos y metiendo nuevas cláusulas suelo. Esta vez a un 0%, con lo que blindarán a las entidades de las bajadas del Euribor.

El problema es que muchas hipotecas tienen diferenciales muy pequeños —del 0,3 o del 0,15%—, por lo que, de seguir el panorama actual, pronto tendrán que devolver dinero a sus clientes.

Esta situación ha sido imprevisible. Las asociaciones de usuarios contemplan varios problemas: por una parte las hipotecas ya creadas, que sí podrían llegar a ser negativas y por otra, las que están por crearse y que se verán blindadas ante este tipo de bajadas.

Las entidades bancarias, por su parte, señalan que no sería natural, «ni legal», que el usuario recibiera remuneración a cambio de un préstamo.

El mayor problema al que se enfrenta todo el sector es la falta de un marco legal que defina este problema. Establecer un mínimo cero es lo mismo que imponer una cláusula suelo, una práctica que ha sido declarada abusiva por el Tribunal Supremo. Aunque fuesen claras y estuviesen bien explicadas, para ser legales deberían tener un techo equilibrado con el suelo.

Pacto de silencio para eliminar las cláusulas suelo

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Con el fin de eliminar las cláusulas suelo de sus contratos de préstamo hipotecario, Banco de Sabadell ofrece a sus clientes firmar un documento por el que la entidad se compromete a eliminar esta cláusulas de sus contratos de forma amistos. Sin embargo, se niega a devolver lo cobrado de más, ni siquiera a partir de mayo de 2013, tal y como señala la sentencia del Supremo. Además, la entidad prohíbe a sus clientes hacer públicas las condiciones de estos «pactos amistosos».

Banco de Sabadell ha sido una de las entidades que más han tardado en asumir las sentencias del Tribunal Supremo, la entidad catalana se ha negado una y otra vez a eliminar las cláusulas suelo de sus contratos de préstamo hipotecario. Incluso ha anunciado que seguirá incluyendo este tipo de cláusulas en sus contratos, siempre y que pasen el test de transparencia y sean legales.

Al contrario que el resto de entidades, Sabadell se ha negado a retirar las cláusulas suelo de sus contratos a no ser que los clientes acudiesen a los abogados. Para la entidad era necesario que un abogado enviase una petición de acuerdo, y solo entonces el banco negociaba con el cliente la retirada de la cláusula suelo. Una vez contactado, el banco avisa al cliente para que acuda a la firma del documento mediante el que se retirarán las cláusulas suelo, siempre sin devolución de las cantidades cobradas de más.

Además, con el fin de cubrirse ante nuevas demandas, la entidad incluye una cláusula por la que impide al cliente hacer público el acuerdo que acaba de firmar. Obligando al cliente a no poder decir nada a su abogado, ni a los medios de comunicación. Este tipo de documentos «obligan» al cliente a mantener una estricta confidencialidad y no hacer público el acuerdo, ni ninguna de sus condiciones, así como tampoco la información contenida en él.

Además la entidad pone muchas trabas a la hora de facilitar la información y los papeles necesarios para iniciar demandas por vía judicial, llegando a cobrar al cliente por facilitar una documentación que ya le pertenece como usuario. De esta forma Banco de Sabadell llegó a cobrar por facilitar los justificantes de pago de las cuotas hipotecarias.

El Banco por su parte considera que no hay nada ilegal o fuera de lo normal en este tipo de acciones, ya que, tanto las cláusulas suelo como los «pactos amistosos» son acuerdos privados entre la entidad y los clientes. Banco de Sabadell es una de las entidades bancarias más expuestas a una pérdida grave de dinero por las cláusulas suelo, ya que tienen 11.500 millones en carteras de hipotecas con cláusulas suelo y de tener que devolver todo el dinero cobrado de más, podrían enfrentar pérdidas de hasta 160 millones de euros.

Si se ha visto afectado por este tipo de estrategias desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

 

Las hipotecas negativas un nuevo problema

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Parece que al sector bancario se le acumulan los problemas. Desde hace un tiempo, cada pocos meses, aparece una nueva amenaza, surgida de las malas prácticas que llevaron a cabo durante tantos años: preferentes, swaps, deuda subordinada, cláusulas suelo, hipotecas multidivisa, acciones de Bankia… Todos estos casos han tenido un inevitable choque contra los clientes y siempre en sede judicial.

En los juzgados las entidades han perdido todas las batallas por este tipo de acciones. Los juzgados españoles han sentado jurisprudencia contra este tipo de actuaciones poco legales y han obligado a la banca a devolver el dinero que han sacado de sus clientes. Ahora que todo parece calmarse, se vislumbra un nuevo problema: los intereses hipotecarios podrían caer por debajo de cero si el Euribor sigue con su descenso.

Este mes de febrero el Euribor ya se situó en intereses negativos, por primera vez en su historia. De prolongarse esta situación y ante las medidas que está dispuesto a tomar el BCE, las hipotecas, incluso contando con el diferencial del Euribor, podrían situarse en términos negativos, por lo que el banco debería devolver dinero al cliente.

La opción de los bancos es la de establecer un suelo del 0%, para no tener que pagar a los clientes por haberles prestado el dinero. Aunque está decisión parece poco inteligente viendo que los juzgados están declarando nulas este tipo de cláusulas y obligando a los bancos a devolver el dinero cobrado de más por este tipo de prácticas poco claras.

En cualquier caso, sería un comportamiento extraño, pues iría contra natura que el prestatario tuviese que pagar al deudor. Sin embargo, si se sigue dando este descenso del Euribor puede acabar ocurriendo algo así. De todas formas esta bajada solo se notaría si el interés negativo se sitúa por debajo del diferencial y se mantiene así durante cierto tiempo.

Las entidades, por su parte, están reaccionando subiendo el diferencial de forma que, por más que baje el índice, nunca llegue a ser negativo para la entidad.

Recupera un 3% en las acciones de Bankia por vía judicial

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La semana pasada Bankia ofreció a todos los clientes afectados por la salida irregular a bolsa de sus acciones, una devolución voluntaria del dinero. Desde Sin Cláusulas ya avisamos de la trampa que había detrás de esta «devolución voluntaria» del dinero perdido en las acciones de Bankia, ya que ellos ofrecen un interés del 1%, mientras que, en el momento de la venta, el interés se situaba en un 4%.

Solo en la provincia de Castellón existen entre 8.000 y 10.000 afectados por la compra de acciones de Bankia en su OPV de 2011, esto supone un impacto económico de 100.000 euros. Bankia, ante la previsión de una avalancha de demandas por este caso, ofreció una tramitación para devolver el dinero de forma voluntaria, ofreciendo un interés anual del 1%.

Esto supone un problema ya que los intereses en el momento de la compra estaban en el 4%. Es por eso que habría que estudiar uno por uno cada caso, ya que, como señalamos en el ejemplo de nuestra Guía Práctica, no es lo mismo reclamar 1.000 euros que reclamar 10.000, la diferencia entre los dos casos es muy amplia y es algo que se debe tener muy en cuenta.

Los juzgados españoles que ya han dictado sentencias por la venta fraudulenta de acciones de Bankia, han fijado los intereses en el 3 y el 4%, por eso también advertimos a los clientes que, de haber acudido ya al juzgado, mantengan la reclamación y no acudan a la devolución voluntaria ya que perderían dinero en el proceso.

Todo se presenta en escenarios muy diversos y, como ya avisamos, sería muy importante dividir los afectados entre las cantidades de dinero perdidas, ya que de no haber comenzado proceso judicial alguno y haber perdido cantidades pequeñas, es mejor acogerse a la opción de Bankia, pues ahorra tiempos de espera y largos litigios. Por otro lado, aquellas personas que ya han iniciado una acción judicial deberán seguirla hasta el final. Por último, aquellos que no haya iniciado ninguna acción legal, pero que perdiesen mucho dinero, deberían acudir a la vía judicial, ya que la diferencia de intereses puede ser sustancial en estos casos.

Santander condenado por no informar de los riesgos de un producto

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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Banco de Santander a devolver 257.213 euros a un matrimonio de avanzada edad que contrataron, mediante Banif, participaciones preferentes en algunos bancos islandeses sin haber sido informados correctamente de los riesgos que suponían este tipo de inversiones en productos financieros de alto riesgo.

Los afectados, como suele suceder en estos casos, tenían un perfil de ahorrador, lo que se conoce como clientes minoristas. La pareja buscaba en la entidad una asesoramiento profesional en materia de inversiones para gestionar sus ahorros de cara a su jubilación. La entidad no tuvo en cuenta el perfil ahorrador de la pareja y depositó su dinero en productos de alto riesgo, sin explicar antes los peligros de esta inversión.

La sentencia, que resuelve un recurso presentado por la entidad contra una sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia, vuelve a dar la razón a los afectados y afirma de nuevo que los clientes no eran expertos en inversiones, aunque previamente hubiesen adquirido instrumentos de igual naturaleza a las preferentes islandesas.

El Tribunal, como es habitual en estos casos, señala al importancia y la necesidad de ofrecer toda la información sobre los productos que se están contratando a los clientes, ya sean estos expertos o no. La información ofrecida por la entidad debe ser siempre imparcial, clara y no engañosa. En la información ofrecida la entidad debería detallar todo el proceso de inversión de forma que sea fácil conocer y entender todo el proceso y sus riesgos.

En este caso el banco no ofreció a los afectados ningún tipo de folleto informativo sobre el producto que estaban adquiriendo y el folleto que aparecía en la página web de la entidad, ni siquiera estaba en español. Además Banif no evaluó a sus clientes antes de que suscribiesen la orden de compra de las acciones preferentes, a fin de aconsejarles o no el producto.

Guía práctica: que no te engañen con las acciones de Bankia

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Bankia abrió ayer el plazo para solicitar la devolución de los importes de la venta de acciones. La entidad ha puesto a disposición de sus clientes un formulario mediante el que podrán cursar formalmente la petición de devolución a la misma entidad. Con esta acción Bankia pretende evitar más pleitos ya que, después de la decisión de Tribunal Supremo confirmara que en el folleto de la OPV había errores e inexactitudes, se abrió la puerta a las reclamaciones de los afectados.

Tras esta decisión del Alto Tribunal todos los minoristas que adquirieron las acciones de Bankia en su salida a bolsa de 2011 han visto su opción para recuperar el dinero perdido en aquella compra. Todo los clientes que compraron las acciones de Bankia en su salida a bolsa de 2011 pueden reclamar la devolución completa de su dinero. Incluso los que compraron las acciones en la OPV y que las vendieron pueden reclamar y recuperar la diferencia perdida.

Bankia, a sabiendas de que algo así podría suceder ya provisionó el año pasado el coste de una supuesta devolución del dinero a los accionistas. Con la decisión del Supremo, Bankia ha puesto sobre la mesa esta opción, mediante la que pretenden devolver el dinero a sus clientes, pero con tan solo el 1% de interés anual. Hasta aquí todo parece muy claro, la entidad pone a disposición de sus clientes un medio adecuado para recuperar su dinero sin tener que recurrir a juicios o abogados.

El plazo de reclamación se abrió el 18 de febrero y se extenderá durante tres meses. Se ha garantizado que todo aquel afectado que reclame recuperará su dinero en un plazo no superior a los 15 días desde que se acepte la reclamación por parte de la entidad. Las reclamaciones podrán hacerse en el mismo banco, presentándose en la misma oficina, allí podrán solicitar el formulario y rellenarlo. El formulario también está disponible a través de la página web de Bankia.

El problema es que, en 2011 —cuando se compraron las acciones de Bankia—el interés anual estaba en el 4%, no en el 1%, por lo tanto, aceptando la oferta de la entidad, aunque recuperaremos el dinero invertido, perderemos los intereses, algo que nos pertenece.

Negociando la nulidad de la compra de acciones de Bankia

Desde Sin Cláusulas, aconsejamos a los afectados, como ya hicimos con las cláusulas suelo, que no abandonen la vía judicial. Aunque en un principio pueda parecer que la oferta de Bankia es la más rápida y atractiva, la realidad es que si acepta las condiciones de la entidad y abandona la vía de la reclamación judicial perderá dinero y la opción de recuperarlo mediante una posterior reclamación.

Si ya ha comenzado acciones para una reclamación judicial nuestra recomendación es que no las abandone. No firme nada con el banco, pues esto supondría una disminución de los intereses que recibiría, además el proceso quedaría paralizado y cada parte tendría que pagar su parte de las costas del proceso.

En caso de que no tenga ningún procedimiento abierto y solo en caso de que se traten de cantidades de dinero pequeñas aconsejamos que acepte la oferta de la entidad, aunque siempre bajo supervisión de un profesional que revise la documentación. Desde Sin Cláusulas ofrecemos este servicio de asesoramiento y supervisión del proceso por una cantidad modesta, si lo requiere pida asesoramiento a nuestros profesionales.

En caso de que haya perdido una cantidad importante le aconsejamos que reclame judicialmente la devolución del dinero invertido en la compra de acciones de Bankia.

A continuación detallamos algunos ejemplos de la diferencia de dinero de intereses recuperado mediante reclamación o mediante gestión con al entidad.

  • Inversión Inicial: 2.000€
    • Intereses recuperados:
      • Mediante reclamación: 366,67€
      • Mediante acuerdo con Bankia: 95€
        • Diferencia: 271,67€
  • Inversión Inicial: 10.000€
    • Intereses recuperados:
      • Mediante reclamación: 1.833,33€
      • Mediante acuerdo con Bankia: 475€
        • Diferencia: 1.358,33€
  • Inversión Inicial: 100.000€
    • Intereses recuperados:
      • Mediante reclamación: 18.333,33€
      • Mediante acuerdo con Bankia: 4.750€
        • Diferencia: 13.583,33€

Como podrá ver en los ejemplos anteriores la diferencia en los intereses recuperados puede ser notable. Desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones nuestro asesoramiento y la gestión de la reclamación, solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

Los bancos se preparan para afrontar las cláusulas suelo

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Las entidades bancarias temen la decisión del Tribunal de Justicia Europeo sobre las cláusulas suelo, todo el sector contiene la respiración a la espera de lo que le órgano de justicia europeo decida sobre este tema. Por eso mismo, y ante una posible avalancha de demandas que terminen con las cláusulas suelo anuladas y la obligación de devolver todo el dinero cobrado de más, muchas entidades bancarias ya han provisionado en sus cuentas el tremendo coste de esta supuesta eliminación.

La decisión de Bankia ante los afectados por la venta de acciones, pone de manifiesto que las prácticas llevadas a cabo por los bancos antes de la crisis, no eran ni mucho menos transparentes. Desde que estallasen los primeros escándalos, la banca está pagando sus desmanes, primero con las preferentes y ahora con las cláusulas suelo y la salida a venta de las acciones de Bankia.

En España fue el Tribunal Supremo el que se pronunció sobre las cláusulas suelo, aunque limitó la devolución a marzo de 2013, por lo que lo peor para el sector está por llegar, pues todo apunta a que la decisión de Bruselas será distinta y obligará a las entidades a devolver todo lo cobrado de más desde la firma del contrato.

Aunque no hay datos oficiales se estima que todavía quedan en España más de 2 millones de afectados por las cláusulas suelo, cada usuario podría recuperar como media 15.000 euros, según las estimaciones de los jueces. Ante la amenaza que supone esto, las entidades han comenzado a provisionar sus cuentas de cara a este año tratando de cubrir los gastos que supondrían este tipo de sentencias desfavorables.

De todas las entidades españolas tan solo Banco de Santander ser verá libre de este problema pues nunca aplicó suelos hipotecarios y las hipotecas heredadas de Banesto que las contenían fueron revisadas y las cláusulas suelo anuladas.

Malas prácticas en las cláusulas suelo

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El Banco de España ha acusado a una entidad bancaria de «malas prácticas» por no acreditar de forma fehaciente haber facilitado toda la información necesaria a un cliente sobre la naturaleza y los riesgos de una cláusula suelo en su contrato de préstamo hipotecario. Esta valoración, realizada por el departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones de la institución, da respuesta a la reclamación de un cliente, a quien el banco rechazó la petición de anulación de la cláusula suelo.

El cliente contrató con la entidad bancaria un préstamo inferior a 100.000 euros para hacer frente al pago de una vivienda y un tiempo después verificó que este contrato incluía una condición, la denominada cláusula suelo, que le impedía beneficiarse de las continuas bajadas del Euribor. Según el cliente el contrato le impuso un interés nominal mínimo de 3,50%, por lo que jamás pagaría por debajo de ese tope.

En un escrito dirigido a la entidad el cliente solicitó que le fuera anulada la cláusula suelo de su contrato hipotecario y la devolución de las cantidades cobradas de más, tal y como se expone en las sentencias del Tribunal Supremo sobre cláusulas suelo. La reclamación fue rechazada, en primer lugar por la sucursal en la que contrató el préstamo y más tarde por la misma entidad, a través de Atención al Cliente.

En respuesta a las negativas el cliente se dirigió al Departamento de Reclamaciones de Banco de España, que tras una análisis completo de la documentación aportada, decidió que la entidad había actuado de mala fe en la inclusión de las cláusulas suelo en el contrato, pues no se informó de forma adecuada antes de la firma del contrato.

Banco de España resalta la importancia de ofrecer toda la información necesaria antes de la firma del contrato y la obligación de la entidad de ofrecer la posibilidad de lectura del contrato tres días antes de su firma. Banco de España detecta que la aceptación del contrato se firmó un día antes que el mismo contrato, por lo que no se le ofreció al cliente la posibilidad de examinar detalladamente el mismo.

CaixaBank deberá devolver 3,4 millones por malas prácticas de Bankpime

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El Juzgado de Primera Instancia número 13 de Barcelona ha dictado un auto en el que se obliga a CaixaBank a que se haga cargo de la devolución de 3,4 millones de euros al considerar que Bankpime recurrió en malas prácticas en sus tratos con 31 clientes. CaixaBank ha anunciado ya que recurrirá el auto del juez, ya que la condena comprobatoria de este proceso afecta a Bankpime, que nunca fue absorbida por CaixaBank y que, por tanto, sigue teniendo su propia personalidad jurídica, según han subrayado los abogados de CaixaBank.

El caso juzgado afecta en su origen a Bankpime, la entidad incumplió su obligación de informar a los clientes sobre los riesgos que suponía la contratación de las participaciones preferentes emitidas por la entidad Lehman Brothers y por las entidades bancarias islandesas Lansbanki y Kaupthing.

En este sentido el auto de este Juzgado de Primera Instancia, ordena ejecutar una sentencia anterior —de marzo de 2015— de la Audiencia Provincial de Barcelona en la que declaró la resolución de los contratos de adquisición de aquellas participaciones preferentes. La actual resolución del Juzgado de Primera Instancia obliga a CaixaBank, como sucesora procesal, a abonar a los afectados 3,4 millones de euros. Aunque CaixaBank, se defiende afirmando que, si bien absorbió el negocio de Bankpime, no absorbió a la entidad en sí, por lo que se trata de un litigio que afectaría a Bankpime y no a ellos.

Si se ha visto afectado por este tipo de estrategias desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.