Cláusulas Suelo

Empieza 2016 recuperando tu dinero

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A todos nos gusta tener propósitos de año nuevo, es uno de esos pequeños placeres culpables; todos nos reímos de esas personas que se hacen grandes propósitos, pero todos tenemos la secreta esperanza de hacer los nuestros. Por eso mismo, ¿qué mejor propósito puedes tener para 2016 que el de recuperar todo el dinero que has perdido por culpa de los bancos? No me dirás que no es un buen propósito, recuperar lo que es tuyo, piénsalo… ¿A que suena bien?

Los bancos han estado cobrándote de más durante años por culpa de una cláusula suelo camuflada en tu préstamo hipotecario. Esto no es ninguna broma, más de 2 millones de personas siguen teniendo estas cláusulas suelo que les roban un dinero que podrían estar invirtiendo en otras necesidades. Estas cláusulas abusivas afectan a todos, pero sobre todo a los pequeños ahorradores, ¿te imaginas lo que podrías hacer con hasta 200 euros más al mes? Seguro que se te ocurren un millón de cosas.

Las cláusulas suelo son el principal motivo de demandas judiciales contra los bancos, colocándose por delante de las preferentes. Lo mejor de todo es que no importa que ya hayas acabado de pagar la hipoteca o que la hayas cancelado para cambiar de banco, siempre que no hayan pasado más de cuatro años desde que lo hicieras puedes seguir reclamando a tu banco.

Si se ha visto afectado por este tipo de estrategias, si es víctima de las malas prácticas de los bancos desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

Suprimir la cláusula suelo a cambio de condiciones abusivas

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En Sin Cláusulas hemos avisado en diversas ocasiones sobre el peligro de tratar personalmente con el banco la anulación de las cláusula suelo, ya hemos advertido sobre las diversas «trampas» que los bancos nos tienden con al excusa de eliminar la cláusula suelo de nuestros contratos hipotecarios. Ahora muchos clientes han denunciado que sus bancos les ofrecen condiciones abusivas para eliminar las cláusulas suelo de sus contratos hipotecarios.

Una de las primeras exigencias de los bancos a la hora de ofrecer estos «pactos entre caballeros» es la obligación de firmar una cláusula de confidencialidad, o prohibir que le contrato salga de la sucursal, además casi siempre la «eliminación de la cláusula suelo» no pasa de ser una supresión temporal de pocos años, tras la cual se volverá a imponer dicha cláusula. Otra de las prácticas que suelen usar es la de sustituir el tipo de interés variable que se negoció en su momento por uno fijo muy elevado, que en la práctica resulta mucho más caro que la cláusula suelo.

Las principales entidades bancarias que se han negado a eliminar las cláusulas suelo de sus contratos de préstamo hipotecario (Banco de Sabadell, Banco Popular, Unicaja, Ibercaja y BMN) han reconocido en diversos medios que sí existen lo que ellos llaman «negociaciones individualizadas» con sus clientes, pero rechazan que se trate de una estrategia o de una práctica generalizada para futuras sentencias. Aunque tratan de evitar los juicios por todos los medios posibles ya que saben que siempre salen perdiendo.

Además con la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo a la vuelta de la esquina muchas entidades tratan de evitar a toda costa las posibles medidas judiciales contra sus cláusulas suelo, por eso en la mayoría de estas «negociaciones individualizadas» se pone como obligación para el cliente rechazar cualquier demanda judicial como requisito para eliminar la cláusula suelo de su contrato de préstamo hipotecario.

Desde Sin Cláusulas seguimos advirtiendo y recordamos que siempre es necesario contar con la ayuda y el asesoramiento de un abogado antes de firmar ningún documento con la entidad bancaria.

Cómo cambiar de banco y reclamar la cláusula suelo

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Muchas familias se han visto obligadas a cambiar sus hipotecas de banco por culpa de las cláusulas suelo. Muchas personas han necesitado renegociar sus hipotecas y cambiarlas por culpa de este tipo de cláusulas abusivas que les obligaban a pagar de más cada mes por sus hipotecas. Muchas veces el cambio se debe a una mala gestión por parte de la entidad de sus problemas, negándose a retirar la cláusulas o negándose a devolver lo cobrado de más.

Hoy en día existen muchas opciones para todas esas personas que quieren renegociar sus hipotecas, que necesitan recalcular sus intereses o que, simplemente, necesitan unificar gastos. Lo más importante para todos ellos es que aunque se cambie de entidad se conserva el derecho de reclamación judicial por las cláusula suelo.

Es importante estar seguro de que el contrato contenía este tipo de cláusulas suelo y que se estaba pagando de más, es necesario estar convencido de que el banco no informó de forma adecuada y transparente de la aplicación de dicha cláusula y que no han pasado cuatro años desde la anulación de las cláusula suelo; la cláusula puede impugnarse mientras dure la hipoteca o durante los cuatro años siguientes a su cancelación, pero no si ha pasad más tiempo.

En caso de cambiar de entidad, puede que su nuevo banco anule la cláusula suelo y por ello deba dirigir la reclamación a su banco anterior para exigir lo que pagó de más durante el tiempo que tuvo el contrato con ellos.

Si la nueva entidad sigue aplicando la cláusula suelo en su hipoteca, algo fuera de lo normal, entonces deberá dirigir la reclamación a su nueva entidad, exigiendo la nulidad de la cláusula abusiva y la devolución del dinero cobrado de más. En este caso extraño, su reclamación puede dirigirse a las dos entidades.

Preguntas frecuentes sobre cláusulas suelo

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Las cláusulas suelo siguen siendo el mayor problema para los consumidores y los usuarios de banca. En poco tiempo se han posicionado por encima de las preferentes, de los swaps y de los productos híbridos. A diferencia de los demás productos tóxicos que se vendieron en épocas de bonanza, las cláusulas suelo afectaban a todos, ya que iban colocadas en las hipotecas sin que el usuario tuviese conocimiento de ellas.

En Sin Cláusulas siempre hemos querido asesorar y apoyar a los usuarios con este tipo de problemas, ofrecemos el asesoramiento de profesionales que llevan años luchando contra las entidades bancarias para librar a nuestros clientes de todo tipo de cláusulas abusivas. Nuestro primer y mejor consejo es que siempre acuda a un abogado especialista antes de tomar ninguna acción, nosotros somos expertos en banca y le asesoraremos sin compromiso.

Ahora bien, como afectados seguramente tendrán muchas preguntas sin respuesta, hoy le ofrecemos respuesta a algunas de esas preguntas:

¿Puedo reclamar los intereses pagados de más por una hipoteca cancelada?

La respuesta es sí, siempre que no hayan pasado más de 4 años desde la cancelación de su hipoteca. Una vez pasado ese tiempo ya no podrá reclamar nada, sin embargo, si se encuentra dentro de ese plazo puede emprender cualquier acción legal pertinente.

¿Tengo derecho a demandar a mi banco por las cláusulas suelo?

De entrada todos los afectados por las cláusulas suelo tienen derecho a demandar al banco, siempre que se pueda demostrar que este no informó correctamente de la misma, por lo que se considerará abusiva en cuanto se vulneró el derecho a la información del cliente. Es importante que un abogado analice su caso en particular, por eso desde Sin Cláusulas siempre avisamos del peligro de las demandas colectivas.

Si usted no sabía que su préstamos hipotecario tenía una de estas cláusulas suelo, entonces podrá demandar judicialmente y, con toda seguridad, ganará el litigio.

¿Puede una empresa demandar por una cláusula suelo?

Las cláusulas suelo son abusivas siempre que no se hayan negociado expresamente, no importa si es un particular o una empresa y no importa tampoco para qué fuera destinado el dinero (vivienda, local comercial…). De nuevo es importante que un abogado analice su caso con detenimiento y le asesore sobre la mejor forma de actuar.

He firmado un documento con mi banco para la retirada de las cláusulas suelo y no puedo reclamar nada, con la posible sentencia de la UE, ¿me tendrá que devolver mi banco lo cobrado de más?

Si el documento que firmó con el banco señala que no puede tomar acciones legales, en principio le será imposible reclamar nada a la entidad, no podrá demandar ante los tribunales y no se podrá beneficiar de la nueva jurisprudencia.

Solo se podrían tomar medidas en caso de que demostrara vicio en el consentimiento a la hora de firmar el contrato con su entidad, si realmente no le informaron de la pérdida de derechos.

En Sin Cláusulas hemos aconsejado en multitud de ocasiones que nunca se firme ningún documento del banco sin la ayuda de un abogado especialista.

Tengo una cláusula suelo al 1%, ¿puede reclamarla?

No importa donde se sitúe el suelo hipotecario. Si no fue informado durante la negociación del contrato, puede reclamar y el resultado será el mismo que el de alguien con un suelo hipotecario al 4%.

Si se ha visto afectado por este tipo de estrategias desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

Los afectados por las cláusulas suelo recuperan 10.000 euros de media

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Loa afectados por las cláusulas suelo que optaron por tomar medidas judiciales están recuperando una media de 10.000 euros, sin embargo, el número de personas que optan por la vía judicial para resolver estos casos es bastante bajo, ya que solo uno de cada diez afectados acude a los tribunales para recuperar su dinero.

Entre los que acudieron a los tribunales existe una clara diferencia que engloba los casos en dos grandes grupos. El primero de ellos, lo forman aquellas personas que acudieron a los tribunales antes de 2013 y que, por norma general, pudieron recuperar todo lo cobrado de más desde el inicio de su contrato de préstamos hipotecario. El otro gran grupo, los que tomaron medidas judiciales después de 2013 y que se han visto afectados por la amplia disparidad de decisiones, ya que algunos juzgados se rigen por la doctrina del Supremo, mientras que otros siguen obligando a las entidades a devolver lo cobrado de más desde el inicio del contrato.

El debate ya no se sitúa en la nulidad o no de las cláusulas, ya que todas las cláusulas consideradas abusivas serán anuladas de entrada, lo que se juzga ahora mismo es la retroactividad de esa nulidad. El Tribunal Supremo limitó esa retroactividad hasta la fecha de su primera sentencia en mayo de 2013, alegando que una mayor retroactividad podría suponer una desestabilidad financiera para el país.

Recientemente algunas Audiencias provinciales han elevado una queja la Tribunal de Justicia Europeo para que tome medidas en este caso, lo que supone que la retroactividad sería total si el Tribunal sigue la declaración de la Comisión. Si los juzgados españoles obligan a la banca a devolver todo lo cobrado de más desde el inicio del contrato, como ya hicieron antes de las sentencias del Supremo, los afectados podrían recuperar de media unos 25.000 euros.

Cómo buscar la cláusula suelo en los recibos del banco

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No encontrar estas cláusulas suelo de manera explícita en el contrato no quiere decir que no tengamos ninguna aplicada al préstamo. De hecho se trata de una situación bastante habitual, especialmente si se trata de una subrogación del constructor, lo que puede llevarnos a error.

Una prueba bastante efectiva si no conseguimos localizar la cláusula suelo en el cuerpo de la hipoteca es recurrir a los recibos bancarios del pago de nuestra hipoteca, máxime teniendo en cuenta que los bajos tipos de interés han activado la totalidad de las cláusulas en caso de que existan en los contratos de préstamo hipotecario en España.

Si el tipo de interés que aparece no coincide con la suma de Euribor + diferencial que hayamos pactado con nuestra entidad financiera, es más que probable que tengas un suelo. Es decir, si firmaste un contrato con unas condiciones de tipo de interés de Euribor + 1% y el interés que aparece en el contrato es del 2%, significa que tienes una cláusula suelo del 2% (hace bastante tiempo que el Euribor está por debajo de la cota del 1%).

A pesar de que la cláusula suelo ha sido declarada ilegal por el Tribunal Supremo en diversas ocasiones, es posible que todavía te esté tocando, sin saberlo, lidiar con algún préstamo con tipo de interés mínimo. Si después de este artículo todavía te quedan dudas, lo mejor y más recomendable es recurrir a un experto en la materia que te aconseje y te diga si tu hipoteca tiene un suelo o no.

Si se ha visto afectado por este tipo de estrategias desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

Los bancos instan a no reclamar las cláusulas suelo judicialmente

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Algunas asociaciones de abogados y bufetes especializados en reclamaciones bancarias, hemos venido avisando de que las entidades bancarias están intentando convencer a sus clientes de que no reclamen judicialmente las cláusulas suelo de sus contratos hipotecarios. Los bancos tratan de ofrecer la retirada de las cláusulas suelo de los contratos de forma amistosa.

Muchos de estos tratos acaban siendo perjudiciales para los clientes que entre otras cosas no podrán recuperar el dinero perdido hasta la fecha, en otros caso la retirada es solo temporal, por lo que el banco puede aprovechar cualquier momento para ponerla de nuevo o incluso reclamar las cuotas no pagadas en cualquier momento.

Las entidades bancarias en los últimos meses han incrementado sus esfuerzos para impedir que los clientes afectados por las cláusulas suelo reclamen judicialmente la retirada de estas cláusulas con el fin de evitar tener que devolver las cantidades cobradas de más.

Si acuden a su banco tras recibir una llamada deben tener mucho cuidado y no firmar ningún documento sin la asesoría de abogados especialistas. Desde Sin Cláusulas ya avisamos de estas prácticas de los bancos y sus trampas con las «retiradas temporales» o «inaplicaciones temporales», que suponen un alivio momentaneo, otro engaño más de parte de los bancos.

Con estas medidas los bancos tratan, una vez más, de aprovecharse del desconocimiento y de la confianza de los clientes, muchas veces personas de avanzada edad, y les obligan a firmar documentos sin explicar lo que están firmando. Estas retiradas temporales de las cláusulas suelo, pocas veces repercuten en una bajada real de los intereses, ya que todo esto no es más que una trampa para evitar las demandas judiciales de los clientes.

De nuevo señalamos la importancia de recibir el asesoramiento correcto antes de acudir al banco a firmar nada. En Sin Cláusulas somos expertos en banca, tenemos amplia experiencia en demandas por cláusulas suelo y sabremos ofrecer el mejor asesoramiento para su caso.

 

Cláusulas suelo equiparadas a derivados financieros

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Un juez de Fuenlabrada anula una cláusula suelo de un contrato de préstamo hipotecario firmado con Banco de Galicia, ahora parte de Banco Popular, debido a la falta de información y la opacidad de sus cláusulas, declarando el carácter abusivo de la misma y a la que ha calificado como un derivado financiero, lo que exigiría un elevado nivel de protección para el consumidor por parte de la entidad bancaria. El juez también ha cancelado un préstamo multidivisa por considerar que le perfil del cliente no es el adecuado para este tipo de productos.

El juzgado número 5 de Fuenlabrada ha dictado una sentencia contra Banco Popular por una hipoteca multidivisa que, además, contenía cláusulas suelo. El juez ha considerado que la cláusula que fijaba el suelo en el 4,5% estaba oculta llevando al cliente a fijarse solo en el diferencial y que no se facilitó en ningún momento la información necesaria para entender el producto de forma adecuada, ni con el tiempo suficiente para que el cliente tuviera tiempo de entenderlo.

Además el diferencial firmado, convierte el tipo variable en un tipo fijo que solo puede ir al alza donde nunca se benefician de las bajadas del Euríbor. Lo más novedoso de esta sentencia es que el juez señala que las cláusulas suelo son derivados financieros, por lo que resulta esencial que el cliente conozca su verdadera naturales y los riesgos que implica.

Equipara las cláusulas suelo a los derivados financieros significaría que se deberían regular según el art. 2.2 de la Ley del Mercado de Valores, el cual establece exigencias reforzadas de información con el fin de proteger a los clientes minoristas. Junto a la anulación de la cláusula suelo, el juez anula también el préstamo multidivisa que tenían contratado al considerar que el perfil del cliente no era el adecuado para este tipo de productos de tanta complejidad y riesgo.

 

 

Europa y las cláusulas suelo

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Asturias comienza a aplicar los criterios de la Unión Europea en los casos de cláusulas suelo, los magistrados comienzan a ampararse en los informes previos a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha emitido la Comisión Europea, para obligar a los bancos a devolver todo  lo cobrado de más desde el inicio del contrato, saltándose así la doctrina impuesta por el Tribunal Supremo.

Desde que algunas Audiencias Provinciales elevaron hasta Europa varias quejas sobre el problema de las cláusulas suelo en España, el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea están en un continuo tira y afloja a cuenta de las cantidades que los bancos deberían devolver a sus clientes cuando estos ganan una sentencia sobre cláusulas suelo.

El Supremo y el Tribunal Europeo

De momento, y a la espera de que el Tribunal Europeo se pronuncie sobre este tema, lo único que existe es un informe previo que fue elaborado por los abogados expertos de la Comisión Europea. En este informe se aboga porque los clientes reciban un reembolso completo de las cuotas que pagaron de más desde la firma del contrato, ya que si la cláusula se declara nula, debe serlo desde el inicio, no desde un momento arbitrario.

El problema radica, principalmente, en que el Tribunal Supremo sentó una doctrina totalmente distinta en sus sentencias sobre cláusulas suelo, señalando que las entidades bancarias solo deberían devolver lo cobrado de más hasta mayo de 2013, fecha de su primera sentencia. El Alto Tribunal señaló que esta medida era tomada para no dañar severamente al sistema bancario, aunque la medida fue entendida como arbitraria y poco justa por los afectados.

Cambio de doctrina en las cláusulas suelo

El Tribunal Supremo sentó jurisprudencia sobre las cláusulas suelo a causa de la enorme disparidad de criterios que existía en aquel momento en todo lo tocante a las cláusulas suelo, por eso decidió que se debería aplicar una sola doctrina, con el fin de unificar los criterios y evitar que algunos casos «emigraran» a otras provincias buscando un resultado más favorable para el cliente.

En la mayoría de las Audiencias se ha respetado la decisión del Supremo, algunas, que nunca estuvieron de acuerdo con la sentencia, nunca la han aplicado y han continuado obligando a los bancos a que paguen todo lo cobrado de más desde el inicio del contrato.

Asturias pionera en el cambio

En Asturias se ha venido aplicando la doctrina del Supremo en cuanto a cláusulas suelo, sin embargo, a raíz de las primeras manifestaciones de la Comisión Europea sobre las cláusulas suelo se ha abierto una vía para saltarse la doctrina del Supremo y ya existe la primera sentencia en este sentido. El juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Oviedo sentencia a una entidad bancaria a devolver todo lo cobrado de más en cláusulas suelo a un matrimonio que contrató tres hipotecas con el banco.

Este fallo es pionero en nuestro país, para defender su decisión el juez señala que «el derecho comunitario prevalece sobre el nacional en su aplicación«. Aunque todavía falta saber qué dirá el Tribunal de Justicia Europeo, el juez se apoya en el informe que han elaborado los abogado de la Comisión Europea.

Bruselas avisa sobre el riesgo de las cláusulas suelo

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La Comisión Europea, a la espera de una sentencia en firme del Tribunal de Justicia Europeo sobre el tema de las cláusulas suelo, ha mostrado su preocupación por el impacto de la polémica política y legal de las cláusulas suelo en la rentabilidad de los bancos españoles.

Desde Europa señalan que los bancos tienen cada vez más problemas para mantener estables sus márgenes de intereses, ahora con las sentencia en contra del Supremo y a la espera del pronunciamiento del Tribunal de Justicia Europeo, algunos bancos están retirando de las hipotecas de los minoristas las cláusulas suelo. El problema que encuentra la Comisión en esto es que puede empujar a muchos bancos a seguir esta línea y eliminar las cláusulas suelo de todas las hipotecas lo que puede impactar negativamente en sus cuentas.

Las cláusulas suelo fijan los tipos de interés mínimo de los créditos hipotecarios que se concedían a tipo variable, lo que impidió a los clientes beneficiarse de las continuas bajadas del Euríbor. Muchos de estos clientes denunciaron que esta cláusula resultaba abusiva.

En los casos en los que el juez ha dado la razón a los clientes, obliga al banco a devolver los importes cobrados de más. En una sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2013 se limitó la retroactividad hasta esa misma fecha, con vistas a resolver futuros conflictos o problemas de financiación de los bancos, asegurando que muchos podrían ir a la quiebra.

Sin embargo los problemas para la banca pueden estar a punto de aumentar ya que el sector permanece a la espera de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea que decidirá si mantienen la restricción de la retroactividad o si, por el contrario, obliga a los bancos a devolver lo cobrado de más desde la firma del contrato, algo que apoyó la Comisión Europea desde un primer momento.

Todo esto, tal y como afirma la Comisión Europea puede repercutir en serios problemas de rentabilidad a largo plazo para los bancos.