Las cláusulas suelo siguen siendo el mayor problema para los consumidores y los usuarios de banca. En poco tiempo se han posicionado por encima de las preferentes, de los swaps y de los productos híbridos. A diferencia de los demás productos tóxicos que se vendieron en épocas de bonanza, las cláusulas suelo afectaban a todos, ya que iban colocadas en las hipotecas sin que el usuario tuviese conocimiento de ellas.
En Sin Cláusulas siempre hemos querido asesorar y apoyar a los usuarios con este tipo de problemas, ofrecemos el asesoramiento de profesionales que llevan años luchando contra las entidades bancarias para librar a nuestros clientes de todo tipo de cláusulas abusivas. Nuestro primer y mejor consejo es que siempre acuda a un abogado especialista antes de tomar ninguna acción, nosotros somos expertos en banca y le asesoraremos sin compromiso.
Ahora bien, como afectados seguramente tendrán muchas preguntas sin respuesta, hoy le ofrecemos respuesta a algunas de esas preguntas:
¿Puedo reclamar los intereses pagados de más por una hipoteca cancelada?
La respuesta es sí, siempre que no hayan pasado más de 4 años desde la cancelación de su hipoteca. Una vez pasado ese tiempo ya no podrá reclamar nada, sin embargo, si se encuentra dentro de ese plazo puede emprender cualquier acción legal pertinente.
¿Tengo derecho a demandar a mi banco por las cláusulas suelo?
De entrada todos los afectados por las cláusulas suelo tienen derecho a demandar al banco, siempre que se pueda demostrar que este no informó correctamente de la misma, por lo que se considerará abusiva en cuanto se vulneró el derecho a la información del cliente. Es importante que un abogado analice su caso en particular, por eso desde Sin Cláusulas siempre avisamos del peligro de las demandas colectivas.
Si usted no sabía que su préstamos hipotecario tenía una de estas cláusulas suelo, entonces podrá demandar judicialmente y, con toda seguridad, ganará el litigio.
¿Puede una empresa demandar por una cláusula suelo?
Las cláusulas suelo son abusivas siempre que no se hayan negociado expresamente, no importa si es un particular o una empresa y no importa tampoco para qué fuera destinado el dinero (vivienda, local comercial…). De nuevo es importante que un abogado analice su caso con detenimiento y le asesore sobre la mejor forma de actuar.
He firmado un documento con mi banco para la retirada de las cláusulas suelo y no puedo reclamar nada, con la posible sentencia de la UE, ¿me tendrá que devolver mi banco lo cobrado de más?
Si el documento que firmó con el banco señala que no puede tomar acciones legales, en principio le será imposible reclamar nada a la entidad, no podrá demandar ante los tribunales y no se podrá beneficiar de la nueva jurisprudencia.
Solo se podrían tomar medidas en caso de que demostrara vicio en el consentimiento a la hora de firmar el contrato con su entidad, si realmente no le informaron de la pérdida de derechos.
En Sin Cláusulas hemos aconsejado en multitud de ocasiones que nunca se firme ningún documento del banco sin la ayuda de un abogado especialista.
Tengo una cláusula suelo al 1%, ¿puede reclamarla?
No importa donde se sitúe el suelo hipotecario. Si no fue informado durante la negociación del contrato, puede reclamar y el resultado será el mismo que el de alguien con un suelo hipotecario al 4%.
Si se ha visto afectado por este tipo de estrategias desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.