Noticias

Nueva sentencia anula cláusula suelo abusiva

No Comments

La Audiencia provincial de Cantabria anula una cláusula suelo abusiva de un contrato hipotecario, al declararla nula. Esta sentencia ratifica una sentencia anterior dictada por el juzgado de lo Mercantil de Santander, que ya la declaró nula por considerar que era una cláusula abusiva y condenó asimismo a la entidad a devolver al cliente afectado las cantidades cobradas indebidamente.

La sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de Cantabria, señala que el hecho de que la cláusula aparezca a parte, no acredita de ningún modo que se ejerciera un control de transparencia adecuado. Tampoco se acredita por parte de la entidad que se ofreciese toda la información necesaria al cliente afectado, negando una información vital sobre las previsiones de los intereses a corto y largo plazo y sobre el contenido de dicha cláusula abusiva.

También se señala en el escrito que no se le hicieron al cliente, en la fase anterior a la firma del contrato, todos los tests de idoneidad, ni tampoco se practicó ninguna simulación de escenarios diversos en relación con los posibles comportamientos de los tipos de interés. Parece evidente, pues, que existe una clara desproporción y un enorme desequilibrio en el reparto de los riesgos sobre la variabilidad de los tipos de interés entre las partes.

En el fallo también se detalla que desde la firma del contrato (año 2006), hasta el momento de la sentencia, se han producido varias bajadas de los tipos de interés referencial, y cuando se ha producido una subida de los mismos ha sido imperceptible. Sin embargo, la entidad dí que tuvo la previsión de colocar una cláusula techo al 9%, a sabiendas de que resultaría imposible que el interés referencial alcanzara tales cotas.

Desde el tribunal explican que cualquier riesgo en la variación del tipo de interés da cobertura a la entidad y frustra al cliente que se ve impedido de beneficiarse de una baja de cuotas debido a la aplicación de esta cláusula abusiva. Por último, cabe señalar que este no es un contrato de interés variable, ya que la cuota de interés queda fijada en 3,750%.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

1 2 3 4 5