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Anulada ejecución hipotecaria al detectar cláusulas abusivas

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La Audiencia Provincial de Las Palmas ha archivado el procedimiento de ejecución hipotecaria que se realizó a instancias de BBVA contra una vecina de Lanzarote por el impago de cuatro cuotas del préstamo hipotecario concedido por la entidad. El juez archivó la ejecución hipotecaria al encontrar varias cláusulas abusivas entre el cuerpo del contrato.

El juez ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la apelante contra el auto del juzgado de Instrucción número 3 que había desestimado su opisición a que se realizara la ejecución hipotecaria. Lo hace tras haber apreciado la existencia de cláusulas abusivas en el contrato de préstamo hipotecario y que no fueron alegadas por la cliente en el momento del primer juicio.

De hecho, la recurrente solo solicitó que se anulara la cláusula de vencimiento anticipado, que el BBVA ejercitó para resolver el contrato en enero 2013, cuatro meses después de que dejara de abonar las cuotas del préstamo hipotecario. Y es solo en este punto en que las posiciones de los magistrados y del banco coinciden, para la Audiencia la aplicación de esta cláusula estaba justificada porque la hipotecada no cumplió con sus obligaciones de pago durante más de tres meses, el límite marcado por la legislación vigente.

Sin embargo, el juez señala que las cláusulas del contrato que fijan los intereses de demora, la comisión por reclamación de posición deudora y la existencia de un suelo y un techo hipotecario son abusivas y, por lo tanto, deben ser anuladas. La entidad cobró 30€ por la comisión de posición deudora incluso cuando no realizaba ninguna gestión, único motivo por el que puede reclamar esas cantidades a los clientes.

Además de estas irregularidades, estuvo cobrando un suelo desproporcionado con el techo y que nunca fue negociado o puesto en conocimiento al cliente, por lo que supone una cláusula abusiva y debe ser eliminada del contrato.

 

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