Sin cláusulas

20.000 afectados en Castellón por las acciones de Bankia

El Juzgado de Primera Instancia de refuerzo de La Coruña ha dictado una sentencia que condena a la entidad Bankia a devolver 430.000 euros a un cliente que había adquirido participaciones preferentes y obligaciones subordinadas en 2008. El demandante quiso invertir la totalidad de la indemnización que había recibido por las graves lesiones sufridas en un accidente de tráfico. La resolución apunta a la ausencia de información proporcionada a la familia del afectado, que gestionó de manera directa la inversión, con relación a las características y riesgos de dicho producto, por lo que declara también la nulidad de los contratos de suscripción de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas. Además de la cantidad fijada por el juez, el demandante recibirá los intereses legales desde la fecha de suscripción de las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, y devolverá a la entidad bancaria los intereses percibidos. Desde Sin Cláusulas que seguimos los avances del juicio opinamos que, la situación resulta especialmente injusta en este caso, al tratarse del importe íntegro de una indemnización percibida por las graves secuelas de un accidente de tráfico, cuyo uso es necesario para la ayuda en la vida diaria del afectado y sus futuros cuidados. La entidad, con conocimiento de causa sobre las circunstancias familiares y su deseo de no arriesgar dicho capital, aconsejó la compra de un producto inadecuado y no informó sobre sus riesgos, ocasionado graves pérdidas. Este no es el primer caso de una entidad que tiene este tipo de comportamientos, ya que durante un tiempo fue práctica habitual la venta de preferente por parte de ciertos bancos, estas entidades trataban de vender este tipo de productos peligrosos a cualquier persona que pudiese aportar un mínimo capital. En la mayoría de los casos, eran clientes sin un perfil inversor a los que nunca se les informaba de lo que, en realidad, estaban adquiriendo.

El Juzgado de Primera Instancia de refuerzo de La Coruña ha dictado una sentencia que condena a la entidad Bankia a devolver 430.000 euros a un cliente que había adquirido participaciones preferentes y obligaciones subordinadas en 2008. El demandante quiso invertir la totalidad de la indemnización que había recibido por las graves lesiones sufridas en un accidente de tráfico. La resolución apunta a la ausencia de información proporcionada a la familia del afectado, que gestionó de manera directa la inversión, con relación a las características y riesgos de dicho producto, por lo que declara también la nulidad de los contratos de suscripción de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas. Además de la cantidad fijada por el juez, el demandante recibirá los intereses legales desde la fecha de suscripción de las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, y devolverá a la entidad bancaria los intereses percibidos. Desde Sin Cláusulas que seguimos los avances del juicio opinamos que, la situación resulta especialmente injusta en este caso, al tratarse del importe íntegro de una indemnización percibida por las graves secuelas de un accidente de tráfico, cuyo uso es necesario para la ayuda en la vida diaria del afectado y sus futuros cuidados. La entidad, con conocimiento de causa sobre las circunstancias familiares y su deseo de no arriesgar dicho capital, aconsejó la compra de un producto inadecuado y no informó sobre sus riesgos, ocasionado graves pérdidas. Este no es el primer caso de una entidad que tiene este tipo de comportamientos, ya que durante un tiempo fue práctica habitual la venta de preferente por parte de ciertos bancos, estas entidades trataban de vender este tipo de productos peligrosos a cualquier persona que pudiese aportar un mínimo capital. En la mayoría de los casos, eran clientes sin un perfil inversor a los que nunca se les informaba de lo que, en realidad, estaban adquiriendo.

Más de cien denuncias en Castellón por comprar acciones de Bankia. Cifran en 120 millones de € la cuantía estafada en Castellón a alrededor de 20.000 clientes. La mayoría de los afectados nunca habrían invertido en bolsa a no ser que se les haya convencido desde la entidad, aprovechando la confianza que el cliente brinda a «su banco de toda la vida».

Se han recibido en una semana «más de un centenar» de reclamaciones de afectados por la compra de acciones de Bankia, se cifra en 120 millones de euros la cuantía estafada a alrededor de 20.000 clientes y empleados de Bankia en la provincia de Castellón a través de la compra de acciones de la entidad durante la Oferta Pública de Valores (OPV) de julio de 2011.

Los afectados pueden reclamar a la entidad bancaria el reintegro de las cantidades, tras el informe judicial sobre la OPV de Bankia, que señala que la operación se llevó a cabo con datos engañosos sobre su situación financiera.

Perfil no inversor

En la gran mayoría de los casos afectados se trata de personas que no tienen un perfil inversor, que no conocen el funcionamiento de la bolsa ni, por supuesto, tienen cultura financiera o están al día de las oscilaciones en los mercados. Son personas que nunca en la vida habrían invertido en bolsa a no ser que se les hubiera convencido por parte de la entidad de que la compra de acciones era una buena opción.

La mayoría de los clientes afectados tiene de 50 a 60 años en adelante, que tenían ahorros, sin conocimientos financieros ni experiencia en inversiones de riesgo, a las que se les dijo que era un producto «más o menos seguro». La mayoría arrastran una inversión media de unos 6.000 euros, aunque hay algunos casos en los que la compra de acciones se hizo por valor de 50.000 euros.

Interponer la demanda

Se exige a la entidad que facilite la orden de compra efectuada en la OPV de 2011, los contratos de valores suscritos, el extracto de la cuenta de valores desde esa fecha y el test de conveniencia o idoneidad sobre el perfil inversor. También se reivindica la devolución de la cantidad invertida más los intereses legales devengados desde la fecha de la compra de acciones.

La mayoría de los casos demandados se han ganado a favor del cliente, ya que Bankia manipuló la información y eso conlleva un error por vicio en el consentimiento. Sobre todo, tras el informe emitido por los peritos del Banco de España sobre las cuentas de la entidad financiera que demuestra que sí existen motivos para poder reclamar la devolución de la inversión más los intereses.

Es necesario recordar que la viabilidad de las reclamaciones será factible siempre que se presenten antes de mayo de 2015.

Desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

 

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