Noticias

Swap anulado por no ofrecer toda la información

No Comments

El Tribunal Supremo anula un swap al Banco de Santander por no ofrecer información suficiente al cliente durante el momento de la firma del contrato. El Alto Tribunal señala que el hecho de que el cliente fuera una sociedad mercantil no supone que sea experto en la materia y, por lo tanto, debe ser tratado como un cliente particular.

En una nueva sentencia el Tribunal Supremo anula un swap bonificado reversible del Banco Santander que fue contratado por una sociedad mercantil en 2006 por valor de seis millones de euros debido a que la entidad bancaria no ofreció la suficiente información al cliente y no le comunicó los riesgos que conllevaba la contratación de dicho producto, tampoco le explicó los enormes costes de cancelación del producto.

En la sentencia señala que el swap es un producto complejo que se utiliza para la reestructuración financiera de grandes empresas o como cobertura de relaciones entre estas y los organismos internacionales. De un tiempo a esta parte, este tipo de productos peligrosos fueron comercializados por los bancos entre clientes minoristas.

En este tipo de productos tan peligrosos es necesario que el cliente tenga toda la información posible y el deber de información debe estricto; el cliente debe recibir toda la información necesaria sobre el producto, sus riesgos y los costes y pérdidas que este puede acarrear. No solo hay que informar, haciendo una lectura de las cláusulas, la entidad tiene la obligación de asegurarse de que el cliente entiende la naturaleza del producto.

El Tribunal Supremo resalta que el hecho de que el cliente fuera una entidad comercial no garantiza que entienda los riesgos del producto, y que el firmante no es necesariamente un experto en temas financieros y se considera relevante que la entidad de crédito no aportara toda la información necesaria durante la contratación del swap.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

1 2 3 4 5