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Preferentes: Santander condenado a devolver 100.000 euros

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El juzgado de primera instancia número 7 de Santander (un juzgado de preferentes) ha condenado al banco de Santander a devolver 100.000 euros a un cliente por la venta de una preferentes de Unión Fenosa, formada por dos títulos de 50.000 euros cada una, ambas heredadas en vida de su hermana gravemente enferma. La mujer había adquirido las citadas preferentes ante del año 2008 en una sucursal Astillero.

Como la titular del producto se encontraba gravemente enferma realizó un testamento en el que reconocía a su hermano como heredero, para que todos sus bienes pasarán a él en vida. En julio de 2008 el hombre se presentó en la sucursal y valiéndose de los poderes que le ofreciera la hermana puso en venta los dos títulos de participaciones preferentes.

Con el producto a la venta, el demandante y su esposa adquirieron los títulos de Unión Fenosa, sin que se pueda saber si el banco actuó como intermediario o simplemente se limitó a dar forma a la voluntad de la dueña y los puso a nombre de su hermano. De cualquier forma, según señala la sentencia, el Banco de Santander actuó como intermediario de Unión Fenosa y no consta que la entidad informara en ningún momento a los clientes de la verdadera naturaleza del producto y de los riesgos que comportaba la operación financiera. De hecho, una vez realizado el obligatorio test de conveniencia éste dio un resultado negativo.

La «diligencia y buena fe» del banco, aunque hubiese actuado como mero comercializador o intermediario, no termina con la realización del test, ya que la entidad tenía la obligación de ofrecer a sus clientes toda la información de las características y, sobre todo, de los riesgos del producto híbrido que adquirían, características que los demandantes desconocían en el momento de suscribir el contrato de preferentes.

El juez rechaza todos los motivos planteados por Banco de Santander en su recurso, que desestima por completo, confirmando la sentencia de primera instancia y obligando a la entidad a devolver 100.000 euros de las participaciones preferentes.

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