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Nulidad de contrato de permuta financiera

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La sentencia del Tribunal Supremo, anula un contrato de permuta financiera o swap, alegando como error esencial la no información sobre el alcance real del riesgo asumido, en contra de la obligación de brindar toda la información necesaria a sus clientes. Contraviniendo el deber de información que se impone a la entidad financiera según la normativa vigente.

Debido a las muchas demandas de clientes afectados por este tipo de acciones, los Tribunales ya han sentado doctrina al respecto. El tema jurídico planteado por este tipo de actuaciones, no es otro que plantearse el alcance del deber de información al comercializar un producto complejo como las permutas financieras o contratos de swap. Diversas sentencias del Alto Tribunal ya se han pronunciado a favor de los clientes, y condenando a las entidades por error de vicio en el consentimiento.

Según señala el tribunal, el cliente debería haber sido informado de antemano, de todos los riesgos que entraña una operación de este tipo (operaciones especulativas imparciales), incluyendo además, de manera comprensible toda la información adecuada sobre los instrumentos financieros y las estrategias de inversión y, por supuesto, advertencias sobre los riesgos asociados a la adquisición de dicho producto. Para ellos se creó el test de idoneidad, que sumado al test de conveniencia y un informe sobre la situación financiera del cliente, no deberían dar lugar a este tipo de actuaciones.

Ninguno de estos tests se aplicó; el demandante es un cliente minorista, el contrato de permuta financiera o swap fue ofrecido por la entidad financiera, no se informó al cliente del riesgo efectivo del producto, en el contrato aparece un cláusula sobre la información que no se cumplió. Por todo esto el juez anula el contrato de permuta financiera o swap.

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