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Recuperar el dinero perdido en las cláusulas suelo

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Tras la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, que concede la retroactividad completa para recuperar el dinero perdido en las cláusulas suelo, surgen algunas nuevas preguntas. La más importante de estas es: ¿Qué pasa con todos los usuarios que firmaron un acuerdo extrajudicial con sus bancos? Desde Sin Cláusulas hemos advertido en muchas ocasiones de que nunca se debe firmar nada con el banco. El problema surge ahora, tras la sentencia, ¿se quedan fuera de la devolución del dinero?

La solución del Gobierno

En primer lugar conviene señalar que este tipo de acuerdos con el banco solían ocultar trampas. La cláusula suelo se retiraba a cambio de no demandar y de no recuperar nada de lo que se había perdido. Los clientes que acudían a estos acuerdos, no podían sacar los documentos de la sucursal y, en muchos casos, tenían que firmar en ese momento o la oferta se les retiraba. Por supuesto, firmar estos acuerdos impedía cualquier reclamación futura.

El Gobierno, además, ha excluido a este colectivo de la solución que han planteado para recuperar el dinero perdido en las cláusulas suelo.

A los afectados todavía les queda acudir a la vía judicial, pero incluso esta parece que será muy complicada.

Los acuerdos con el banco

Este tipo de acuerdos fueron habituales, sobre todo, ante la inminente llegada de las grandes sentencias contra la cláusulas suelo. Una vez más los bancos han salido ganado con este tipo de acuerdo, ya que se ahorran el pago de muchas devoluciones.

En estos pactos, los bancos llamaban a sus clientes y les ofrecían un acuerdo para eliminar la cláusula suelo de sus contratos, a cambio de elevar el tipo de interés o, peor aun, a cambio de cambiar el tipo variable por uno fijo. Aunque suponía una reducción de la mensualidad, era mucho menor de la que habrían logrado mediante el juicio.

La trampa era doble, pues además de ofrecer un tipo mayor y más gravoso, se les obligaba a firmar un acuerdo de confidencialidad y otro mediante el que se renunciaba a tomar cualquier acción judicial futura en relación a estos casos.

La retroactividad total y los acuerdos de los bancos

Ahora que el tribunal de Luxemburgo ha dictado que se podrá recuperar el dinero perdido en las cláusulas suelo desde la firma del contrato, algunas familias se encuentran con que no pueden reclamar. Los acuerdos que firmaron con el banco les dejan fuera de cualquier reclamación.

El Gobierno los excluirá de su iniciativa para recuperar el dinero perdido en las cláusulas suelo. Según ellos, si ya se comprometieron a no reclamar, ahora ya no pueden hacerlo.

Estos acuerdos, que en muchos casos se firmaban en masa, han aligerado mucho las cuentas que deberán pagar las entidades financieras.

¿Podré reclamar que me devuelvan el dinero?

Si has firmado uno de estos contratos la solución judicial será complicada. Sin embargo, es posible recuperar el dinero perdido en las cláusulas suelo, incluso habiendo firmado uno de estos acuerdos.

Aunque será complicado, será necesario que el juez señale que este acuerdo de anulación contiene cláusulas abusivas. De esta forma se deberá anular una cláusula abusiva que impide que se reclame por otra cláusula abusiva. Si se consigue que se anule el contrato, se podrá reclamar la devolución del dinero.

Por suerte, muchos juzgados están anulando estos contratos. Estos contratos se están estudiando uno por uno y, en la mayoría de los casos, están siendo declarados abusivos y están siendo anulados por los juzgados.

¿Recuperaré mi dinero de las cláusulas suelo?

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Una de las principales preocupaciones de nuestros clientes es la devolución del dinero de las cláusulas suelo. Como ya sabrás, hasta ahora, resultaba muy difícil recuperar todo el dinero perdido. El Tribunal Supremo limitó la retroactividad a mayo de 2013, por eso los bancos no devolvía todo lo cobrado de más. Tampoco lo hacían las entidades que, en caso de eliminar la cláusula suelo, se negaban a devolver las cantidades cobradas de más.

Esto ha cambiado a raíz de la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que obliga a los bancos a devolver todo lo cobrado de más desde la firma del contrato. Según la decisión que tomó la semana pasada el tribunal europeo, la limitación a la retroactividad es incompatible con la legalidad europea y por eso se deberá devolver todo lo cobrado de más desde la firma del contrato.

¿Cómo recupero el dinero perdido en las cláusulas suelo?

En primer lugar, tendrás que acudir a un abogado especialista en cláusulas suelo. Los bancos siguen negándose a devolver el dinero, la única forma de conseguirlo es mediante una reclamación. Solo mediante un juicio podrás recuperar todo tu dinero.

Aunque los bancos siguen ofreciendo pactos para retirar el suelo de las hipotecas, desde Sin Cláusulas ya hemos avisado en muchas ocasiones de las trampas que los bancos suelen tender a sus clientes. La mejor solución siempre es acudir a un abogado y reclamar la devolución del dinero en el juzgado.

Primeras sentencias

Algunas Audiencias Provinciales españolas, como es el caso de Málaga, ya ha comenzado a aplicar la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo y están obligando a los bancos a devolver todo lo cobrado de más desde la firma del contrato.

En estos casos, los juzgados han obligado a eliminar las cláusulas suelo de dos hipotecas —Unicaja y Cataluña Banc— y a devolver todo lo cobrado de más desde la firma del contrato.

Los afectados por las cláusulas suelo están siendo respaldados por los juzgados españoles que no están dudando en aplicar la nueva doctrina europea.

Recupera tu dinero con Sin Cláusulas

Si todavía no te has decidido a reclamar por tu cláusula suelo, ahora es el mejor momento. No sigas pagando de más cada mes. Reclama, elimina tu cláusula suelo y recupera todo el dinero que hayas perdido.

En Sin Cláusulas hemos llevado a cabo con éxito muchas reclamaciones. Contacta con nosotros y cuéntanos tu caso, te asesoraremos desde el primer momento y te apoyaremos en cada paso de la reclamación, te informaremos de cada paso y siempre estaremos a tu lado.

No te lo pienses más, aprovecha esta oportunidad y reclama. Recupera todo el dinero perdido en las cláusulas suelo. Rellena nuestro formulario de consulta o, si lo prefieres, llama al 629 879 429.

Europa tumba las cláusulas suelo

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Después de tanto tiempo esperando, por fin la Unión Europea se ha pronunciado contra las cláusulas suelo. El Tribunal de Europeo de Justicia, que este verano se pronunció a favor de sostener la restricción a la retroactividad impuesta por el Tribunal Supremo, se ha pronunciado hoy a favor de aplicar una retroactividad total en las cláusulas suelo.

Este es un duro golpe para la banca en España, a partir de ahora, deberá devolver todo lo cobrado de más por las cláusulas suelo, desde el inicio del contrato. Esta decisión pasará una factura enorme a los bancos que tendrán que prepararse para devolver entre 3.000 y 5.000 millones de euros en concepto de indemnizaciones. Nada más conocerse la noticia, las bolsas se han desplomado, el Banco Sabadell y Banco Popular —los más afectados—, por ejemplo, ha sufrido una caída del 6%.

Una sentencia muy esperada

La banca llevaba un tiempo esperando que el Tribunal Europeo se pronunciase sobre este tema. A pesar de que la primera impresión fue que se seguiría aplicando la doctrina del Tribunal Supremo que limitaba la devolución a mayo de 2013, la decisión final ha sido la que esperaban los afectados y sus abogados. La banca deberá devolver todo lo cobrado de más desde la firma del contrato.

Este verano el abogado general de la Unión Europea dio un soplo de aire a las entidades. En ese momento se pronunció a favor de seguir aplicando el criterio del Tribunal Supremo sobre la restricción de la retroactividad.

Al final, el Tribunal le ha dado la razón a las Audiencias de Granada y Alicante y se ha pronunciado a favor de devolver todo lo cobrado de más desde la firma del contrato. Tal y como apuntaban algunos tribunales españoles, la sentencia señala que:

«la declaración del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación con la que se encontraría el consumidor de no haber existido la cláusula».

La traducción: la banca deberá devolver todo lo cobrado de más desde la firma del contrato y no se podrá limitar la retroactividad.

Limitación de la retroactividad

Sobre la limitación de la retroactividad que impuso el Tribunal Supremo, desde Europa le afean la conducta. Aseguran que limitar la devolución no ofrece ningún tipo de protección al consumidor, al contrario, supone una vía libre para las entidades para seguir con las prácticas abusivas, que ya han supuesto enormes pérdidas a sus clientes.

Aunque en primera instancia, el abogado general apostó por continuar con la vía proteccionista del Supremo y seguir limitando la retroactividad, la esperada sentencia final ha decidido proteger al cliente frente a los continuos desmanes de la banca.

En Sin Cláusulas siempre te hemos aconsejado acudir a los juzgados para recuperar tu dinero. Ahora más que nunca te invitamos a que contactes con nosotros para reclamar todo el dinero perdido en las cláusulas suelo. Nosotros te ofrecemos una asesoría continua y la seguridad de contar con el respaldo de un grupo de abogados con mucha experiencia en este tipo de reclamaciones.

Los bonos convertibles

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Primero fueron las cláusulas suelo, luego las acciones de Bankia y las preferentes, las hipotecas multidivisa… La banca no deja de sorprender —en el mal sentido— a sus clientes vendiendo productos tóxicos que les han hecho perder millones de euros. Otro de esos productos son los bonos convertibles.

El Tribunal Supremo ya ha comenzado a emitir sus primeras sentencias contra este tipo de producto y obliga a las entidades a devolver todo lo que hayan cobrado de más por este motivo.

¿Qué son los bonos convertibles?

Un bono convertible es un activo de renta fija con la peculiaridad de que es posible convertirlo en acciones de la empresa. La diferencia entre los bonos convertibles y los bonos canjeables, es que los primeros se convierten ante una necesidad de ampliación de capital.

Los bonos convertibles solo pueden ser emitidos por entidades privadas ya que las públicas no pueden financiarse mediante este tipo de acciones, debido a que no pueden emitir acciones.

La clave está en si la acción es voluntaria

Existen dos tipos de bonos convertibles:

  • Bonos convertibles obligatorios: en este caso no será un producto de renta fija, sino de renta variable. Este no debería ser un producto atractivo para nadie, pues la mejor forma de tener acciones es comprándolas directamente.
  • Bonos convertibles voluntarios: Será el titular quien decida, llegado el momento, si quiere o no convertir sus bonos en acciones. Mientras no ejerza su derecho de cambio, el bono seguirá siendo igual, el comprador recibirá los pagos y el vencimiento nominal.

Los bonos convertibles en ejemplos

Pongamos como ejemplo un comprador que invirtió 1000 euros en bonos convertibles de una compañía a 20 euros por acción a 3 años y recibe el 5% de interés. Esto significa que recibirá 50 euros cada uno de los 3 años, lo que hacen un total de 150 euros. Pasados esos 3 años el comprador puede decidir recuperar sus 1000 euros o recibir 50 acciones de la empresa (el resultado de dividir 1000 entre 20).

Si en el momento de la finalización, las acciones cotizan por debajo de los 20 euros, el comprador debería optar por recuperar su dinero. Si quisiera las acciones las compraría directamente porque están por debajo del precio que tenían en el momento de comprar los bonos.

En cambio, si las acciones cotizan por encima de los 20 euros, sí que será una buena idea cambiar el dinero por las acciones. Y, una vez recibidas, decidir si quedarse con ellas o venderlas.

El problema con los bonos convertibles es que nunca se dio la opción de cambiar. Se obligó a los compradores a cambiar, en algunos casos de forma forzosa, con el único fin de recapitalizar a la entidad y haciendo perder, en algunos casos, hasta el 40% de la inversión inicial.

Si te has visto afectado por este tipo de estrategias, desde SinCláusulas te ofrecemos diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando ganamos tu demanda en el juzgado. También aplicamos un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no tendrás que pagar nada, y solo pagarás en el caso de firmar un acuerdo favorable. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

Cláusulas suelo y cláusulas techo

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Las cláusulas suelo siguen siendo uno de los principales problemas de los consumidores españoles. A día de hoy, quedan en España más de 2 millones de afectados por las cláusulas suelo. A pesar de las continuas sentencias judiciales contra este tipo de práctica abusiva, muchos bancos siguen aplicando estas cláusulas en sus hipotecas. Otros, han decidido que no van eliminarlas y la mayoría ha decidido no devolver el dinero.

¿Qué son las cláusulas suelo y cláusulas techo?

Las cláusulas suelo y cláusulas techo tienen una cosa en común: las dos limitan los intereses que se pagan en una hipoteca. En los dos casos pueden suponer un problema para el cliente, aunque, hasta el momento la que más peso está teniendo en las sentencias es la cláusula suelo, pues limita la bajada de intereses y perjudica al consumidor.

Los intereses se revisan cada seis meses. En la actualidad el Euribor se sitúa por debajo de cero y se espera que siga bajando, sin embargo, si la hipoteca tiene una cláusula suelo al 3% nunca se pagará menos que eso. Este tipo de cláusulas limitan los intereses que se pagan ya sea por abajo (suelo) o por arriba (techo).

Con la cláusula suelo las entidades bancarias se aseguraron de que los clientes pagarían siempre un interés mínimo por mucho que bajara el Euribor. La cláusula techo asegura un tope al máximo interés que se pagará.

¿Son legales?

En teoría las cláusulas suelo y cláusulas techo son legales, puesto que no contradicen la ley en ningún momento. De hecho, en algunas condiciones pactar una cláusula suelo o techo con tu entidad podría resultar incluso ventajoso para ti como consumidor.

¿Cuál es el problema entonces? En el caso de la banca española, las cláusulas suelo fueron abusivas y, por tanto, declaradas ilegales. En ningún caso se negociaron expresamente con el cliente, muchas veces se camuflaban entre el cuerpo de cláusulas, se escondían y no se explicaba claramente para qué servían.

De la misma forma, la diferencia entre suelo y techo era desproporcionado. Las entidades conocían de antemano la caída de los tipos de interés y por eso limitaron los intereses al 3 o 4%, mientras que los techos impuestos jamás fueron realistas y se situaron en el 14 o el 15%.

Si te has visto afectado por este tipo de estrategias, desde SinCláusulas te ofrecemos diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando ganamos tu demanda en el juzgado. También aplicamos un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no tendrás que pagar nada, y solo pagarás en el caso de firmar un acuerdo favorable. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

La trampa del tipo fijo a cambio de la cláusula suelo

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Desde Sin Cláusulas hemos avisado muchas veces de las trampas que los bancos tratan de tender a los afectados por las cláusulas suelo. Antes de entrar en el tema de la trampa del tipo fijo, te queremos recordar que la única forma de recuperar el dinero perdido en cláusulas suelo es mediante un abogado. Solo en el juzgado podremos recuperar el dinero.

A pesar de que los juzgados han dado la razón a los usuarios —a pesar del varapalo de la decisión europea—, las cláusulas suelo siguen revoloteando sobre las entidades bancarias. En España a día de hoy hay más de dos millones de afectados por este tipo de prácticas.

Trampas en la cláusula suelo

Ante la constante avalancha de demandas en contra, algunas entidades bancarias han optado por «mostrarse flexibles» y llamar a los clientes para retirar la cláusulas suelo de forma amistosa. Con esta jugada lo único que pretenden es limitar las pérdidas a las que se enfrentan.

De esta forma el cliente queda en segundo lugar, como siempre. Algunas entidades ofrecen una especie de trato amistoso por el que retiran la cláusula suelo —en algunos casos solo durante un tiempo— a cambio de no ir a juicio. Estos tratos suelen ser secretos, llegando al punto de no poder sacar los documentos de la sucursal. En cualquier caso, nunca se le ofrece al cliente la posibilidad de recuperar el dinero perdido.

En otros casos, el banco ofrece la posibilidad de permutar la cláusula suelo por una hipoteca a tipo fijo. De nuevo no se ofrece la posibilidad de recuperar nada de lo que se ha perdido. Esta permuta será perjudicial para los clientes, este tipo de ofertas suele tener trampa, por lo que hay que leer el contrato por completo y fijarse en la letra pequeña.

La cláusula suelo en el juzgado

En cualquier caso la mejor opción es enviar una carta el banco pidiendo la eliminación inmediata de la cláusula suelo y la devolución de las cantidades cobradas de más. Además hay que denunciar ante las autoridades —juzgado, CNMV o Banco de España— la situación.

Muchas entidades se escudan en que sus cláusulas suelo no eran abusivas, sin embargo, los juzgados de toda España opinan lo contrario. Una cláusula que limita la bajada de interés y que beneficia siempre a la entidad es abusiva. Además, en prácticamente todos los casos, se colocaron sin ofrecer la información necesaria para el entendimiento de la cláusula.

Incumplimiento de la ley

La mayoría de las entidades bancarias españolas se han visto afectadas por las diversas sentencias del Tribunal Supremo que las obliga a eliminar las cláusulas suelo de todas sus hipotecas y devolver el dinero cobrado de más. Sin embargo, algunas entidades como Banco Popular o Bankia se han negado a devolver el dinero.

Otras entidades como Banco Pastor o Oficinadirecta.com siguen aplicando los suelos a sus hipotecados, pues opinan que la sentencia no va con ellos —a pesar de formar parte de Banco Popular—. Tampoco Banco de Sabadell, Liberbank o Unicaja han acatado la sentencia y siguen aplicando y defendiendo la legalidad de estas cláusulas abusivas.

Hoy en día existen muchos afectados que todavía no se han atrevido a denunciar su situación. Desde Sin Cláusulas queremos recordar que solo acudiendo a los juzgados, con la ayuda de un abogado especialista, es posible recuperar todo el dinero perdido en este tipo de malas prácticas bancarias. Si quieres eliminar tu cláusula suelo y recuperar todo el dinero que has perdido, contacta con nosotros y te asesoraremos sin compromiso.

Guía para afectados por hipotecas IRPH

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El nuevo escándalo de la banca se llama Hipotecas IRPH. Esta nueva mala pasada de los bancos ya afecta a más de un millón de personas que van a tener que pelear en los juzgados para recuperar todo el dinero perdido. En Sin Cláusulas ya hemos hablado antes sobre este nuevo problema, pero hoy queremos ahondar un poco y explicar qué pueden hacer los afectados para recuperar el dinero.

Hipotecas IRPH

IRPH son las siglas para Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Se trata de un índice de referencia distinto al Euribor y al que están sujetas más de un millón de hipotecas en nuestro país. Si actualmente estás pagando más de un 2% de intereses por tu hipoteca podrías haber firmado una hipoteca IRPH sin saberlo.

El Euribor ya lleva varios meses en negativo, sin embargo, el IRPH, que es un índice gestionado por las entidades financieras sigue al alza. Actualmente se sitúa casi en el 2% —en septiembre de 2016 estaba situado en el 1,903%—. Esto obliga a los clientes a pagar de más por sus hipotecas. La diferencia supone un perjuicio para el hipotecado de dos puntos porcentuales.

El IRPH es siempre más caro que el Euríbor

Una hipoteca a un tipo variable competitivo estará referenciada a un 0,99%. Para que nos compensara, una hipoteca con IRPH tendría que ser contratada a un interés de -1,05%. Sin embargo, la realidad es que los bancos nunca contrataban con intereses negativos. Al contrario, lo hacían con interés positivo o cero —aunque casi siempre eran intereses positivos—. Por lo tanto, como mínimo —a interés cero— una hipoteca IRPH será siempre un 1% más cara que una referenciada al Euribor.

Para empeorar las cosas, si tu hipoteca IRPH fue contratada con bancos o cajas, cuyos índices referenciales desaparecieron estarás condenado a pagar un 4% hasta finalizar tu contrato. Esta locura es debida a la disposición adicional de la Ley 14/2013 del 27 de septiembre.

¿Cómo sabré si tengo IRPH?

Normalmente te bastará con leer la escritura de tu hipoteca.

Aunque no será tan sencillo como parece, no encontrarás por ningún lado las siglas IRPH. Lo que tienes que buscar son referencias del estilo: «Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre». Y deberás buscar también el añadido «concedido por cajas» o «concedido por bancos».

¿Qué hago si tengo una Hipoteca IRPH?

Si tu hipoteca está referenciada a IRPH lo mejor que puedes hacer es contactar con un abogado experto en reclamaciones bancarias y reclamar judicialmente la devolución del dinero pagado de más.

Muchos clientes ya están ganado estas batallas en los juzgados. El IRPH es muy fácil de manipular por las cajas y bancos. Si no te explicaron con detalle qué es el IRPH antes de firmar tu hipoteca, tienes todas las de ganar en el juzgado y tu mejor opción siempre será la reclamación judicial.

Esta situación es muy parecido a la de los afectados por las cláusulas suelo. La mejor opción siempre pasa por la acción judicial.

¿Qué son las hipotecas multidivisa?

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Durante un tiempo, antes de la crisis, las entidades bancarias se dedicaron a lanzar al mercado productos muy atractivos. Aunque en apariencia estos productos parecían beneficiosos para los clientes, tenían una cara oculta. Entre todos esos productos que ponían a la venta incluyeron las cláusulas suelo, los swap, la deuda preferente y la hipoteca multidivisa.

Aunque se comercializaron como productos atractivos para los clientes, al estallar la crisis, llegaron los problemas. Mes a mes, los clientes pagaban de más y perdían dinero. Por suerte, la justicia comenzó a dar la razón a los clientes y los bufetes de abogados comenzaron una cruzada contra este tipo de prácticas abusivas.

La hipoteca multidivisa

Las hipoteca multidivisa es un producto de alto riesgo. Son productos mixtos y complejos, muy difícil de entender para el usuarios medio. Además, están expuestas a cambios continuos en cuanto a tipos de interés lo que nos obliga a estar permanentemente pendientes de ellas.

Las hipotecas multidivisa se vendieron como un producto de alta rentabilidad, que ofrecía un crédito hipotecario a unos precios muy competitivos. Además, establecía unas condiciones, a priori, bastante ventajosas. Este fue el motivo por el que muchos usuarios se decidieron por firmar.

Normalmente las familias referenciaban sus hipotecas al Libor, un tipo de interés que en aquel momento era más bajo que el Euribor. Si una familia cobraba sus sueldos en Euros, la hipoteca se contrataba en yenes o en francos suizos.

Los riesgos de la hipoteca multidivisa

Lo que el cliente no tuvo en cuenta es que el dinero fluctúa a diario. Se tenía que estar pendiente a diario de los cambios en las bolsas para saber cuánto estábamos pagando en cada momento a nuestro banco.

Esto hacía que las mensualidades nunca fuesen las mismas, unos meses se pagaba más y otros menos. Aunque lo más importante no es eso; lo importante es que si cambia la cotización cambiará el total que pagamos al banco por nuestra hipoteca. Si las cotizaciones fluctúan demasiado acabaremos pagando mucho más de lo que debemos por nuestra hipoteca.

Por si esto fuera poco, este tipo de hipotecas no tienen opción de subrogación. En cualquier caso, si debido a su alto coste no podemos hacer frente al pago de la mensualidad, tendremos que hacer una nueva escritura de hipoteca.

Extrañas comisiones

Otro de los puntos oscuros de estas hipotecas es el cambio de moneda. Los bancos señalan que el cambio puede hacerse en cualquier momento, sin embargo, nos encontramos con que esos cambios solo se pueden realizar una vez al mes y previo pago de una comisión que suele rondar el 0,25%.

Además, están repletas de extrañas comisiones. En algunos casos cada vez que se pague la cuota mensual deberá abonar un 0,2% de la cuota.

El banco aplica una comisión de apertura, según el tipo de cambio con el que trabaje tu banco. En algunos casos, si con las fluctuaciones de las monedas la deuda aumenta entre 10% o 20%, el banco puede exigir una garantía sobre esa deuda o un cambio de moneda.

Ejemplo de una hipoteca multidivisa

Imagina que vas a comprar una vivienda y adquieres una hipoteca de 200.000 euros a 25 años. El banco fija la moneda en Francos Suizos, con Libor +0,5. La cuota mensual sería de 711€ al mes, aplicando un tipo de cambio del 1,2, lo que serían 853 francos.

Pero claro, el tipo cambia y también nuestra hipoteca:

  • Si el tipo de cambio fluctúa hasta un 1,68 (algo que sucedió en 2007), para pagar esos 853 francos, solo necesitamos 507€.
  • Pero, si el cambio baja a los 0,66 (como en 2015), nuestra cuota será de 1292€.

Como puedes ver en este ejemplo, la diferencia de cambio es más que importante. En este ejemplo, además, hemos mantenido el Libor fijo.

Si te has visto afectado por este tipo de estrategias, desde SinCláusulas te ofrecemos diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando ganamos tu demanda en el juzgado. También aplicamos un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no tendrás que pagar nada, y solo pagarás en el caso de firmar un acuerdo favorable. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

Todo lo que necesitas saber sobre los swap

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¿Sabes qué es un swap? Los swap son contratos entre dos parte mediante los que se intercambian flujos de caja. Como ha sucedido con otras malas prácticas, la crisis financiera dejó al descubierto este producto que parece sencillo pero que, en realidad, no lo es tanto.

¿Qué son los swap?

El swap aparece en el mercado en los años 70. Se crea por primera vez en los mercados de divisas a través de técnicas de préstamos paralelos o préstamos back to back.

Se trata de una especie de seguro financiero frente a subidas repentinas de los tipos de interés. Los swaps son un tipo de contrato muy complejo, que utilizan las empresas a la hora de realizar ciertas inversiones o compras a crédito. El motivo de este contrato es protegerse de las subidas inesperadas de los tipos de interés.

El swap como producto derivado

Los contratos de swap son productos derivados, que sirven para hacer frente a posible subidas de interés. El swap, aunque desconocido por el público general, es muy utilizado en el mundo de las financias para proteger carteras de interés. Se trata de un instrumento de alto riesgo, que debería ser usado solo por inversoristas cualificados.

Son productos de alto riesgo que intercambian un tipo de interés fijo por uno variable. Lo habitual es que se contrate cuando se está endeudado a un tipo de interés variable, para protegerse de subidas por encima de un interés determinado a cambio de no poder beneficiarse de las bajadas. Es decir, el tipo de interés se quedará congelado a cierto nivel.

Se obliga a la entidad a pagar el diferencial si el tipo de interés sube al máximos fijado y al cliente a pagar la diferencia en caso de que baje.

Los swap en la hipoteca

Algunas entidades financieras han estado colocando hipotecas con swaps. Por norma general ocultaban la realidad bajo nombres como «seguro de cobertura», «bono clip», «cuota segura» o «permuta financiera».

Puede parecer interesante contratar este tipo de hipoteca, sobre todo, cuando los tipos de interés han bajado mucho y puede haber un cambio de políticas que obligue al Euríbor a subir.

Los swaps han sido especialmente nefastos por el momento en que se comercializaron. Las entidades aprovecharon que el Euríbor estaba en su mejor momento para colocar estos productos. Los bancos sabían que el índice se iba a desplomar y se aprovecharon de la ignorancia de sus clientes.

Hipotecas más caras por los swaps

El único escenario en el que un swap es aconsejable, sería un momento como el actual, en que el Euríbor está en mínimos. Si los tipos están altos, contratar swaps saldrá muy caro para el cliente.

Los contratos de swaps en hipotecas son una tomadura de pelo, porque los riesgos no son equitativos. El cliente siempre suele pagar el máximo, mientras que la entidad rara vez paga nada.

¿Debo reclamar por un swap?

En estos casos el cliente debería reclamar que le devuelvan el dinero perdido en swaps pues el banco obra de mala fe. Las entidades no pueden colocar este tipo de productos complejos a clientes.

En este caso la campaña de colocación de swaps empezó con el Euríbor en máximos, pero con una previsión clara de grandes bajadas. Todo esto implica una mala práctica, puesto que han obrado con mala fe, conociendo las consecuencias que los swaps tendrían.

Otro aspecto importante de los swaps es que, generalmente, no aparece en las escrituras, pues no es una condición del contrato. La entidad obligaba al cliente a firmar un contrato anexo.

Si te has visto afectado por este tipo de estrategias, desde SinCláusulas te ofrecemos diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando ganamos tu demanda en el juzgado. También aplicamos un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no tendrás que pagar nada, y solo pagarás en el caso de firmar un acuerdo favorable. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

Todo sobre la retroactividad de las cláusulas suelo

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La retroactividad de las cláusulas suelo ha sido uno de los principales problemas en los juicios. Los juzgados no han sido capaces de unificar sus criterios.

Ni siquiera cuando el Tribunal Supremo dictaminó que la retroactividad debía limitarse a mayo de 2013.

A día de hoy, tras la decisión del Tribunal de Justicia Europeo, de no levantar esa limitación, los juzgados siguen sin unificar sus criterios.

La sentencia del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo dictó en una sentencia hace tres años que todos los bancos deberían devolver lo cobrado de más en cláusulas suelo, pero limitando la devolución al 9 de mayo de 2013.

¿A qué se debía esta limitación? En ese momento se temía que si las entidades tuvieran que devolver todo el dinero, la estabilidad del sistema financiero quedaría gravemente afectada.

Retroactividad de las cláusulas suelo

El año pasado, la Comisión Europea, en el documento técnico que remitió a la corte, se expresaba a favor de la retroactividad completa de las cláusulas suelo. Según el informe, el Código Civil que no se puede limitar la retroactividad en la devolución del dinero en cláusulas limitadas por abusivas.

Sin embargo, el abogado general de la corte, expuso que la ley comunitaria no determina las condiciones en las que un órgano jurisdiccional nacional puede limitar los efectos de las resoluciones por las que se califica como abusiva una cláusula contractual. De esta forma, deja al criterio del ordenamiento interno precisar esas condiciones.

La conclusión es muy clara, de esta forma el abogado general propone al Tribunal que limite la retroactividad de las cláusulas suelo, siguiendo los mismos criterios que aplicó el Tribunal Supremo.

Proteger al sistema bancario

El abogado señala que un órgano superior es capaz de ejercer su deber de proteger al usuario, mediante la previsión de posibles problemas macroeconómicos asociados a la retroactividad total de las cláusulas suelo.

De esta forma se respalda la decisión del Supremo y considera que el impacto que tendría sobre la economía española la decisión de no limitar la retroactividad, es motivo suficiente para limitar la devolución del dinero.

Aunque esta decisión no es vinculante, por norma general las decisiones del Abogado General suelen marcar la pauta de decisión del Tribunal Europeo.