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Jurisprudencia de las cláusulas suelo

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Tras la decisión del Tribunal de Justicia Europeo sobre la retroactividad de las cláusulas suelo, los juzgados españoles se han llenado de nuevas demandas. Los bancos hasta ahora se veían respaldados por una jurisprudencia favorable, que les impedía devolver todo lo cobrado de más, limitando al retroactividad a mayo de 2013. Ahora, tras la decisión del Tribunal Europeo, el Tribunal Supremo ha tenido que cambiar su decisión y cambiar la jurisprudencia de las cláusulas suelo.

Nueva jurisprudencia de las cláusulas suelo

El Alto Tribunal aprovechando que se ha desestimado un recurso del BBVA sobre cláusulas suelo, ha procedido cambiar la jurisprudencia activa sobre este tema. De este modo, adaptará la jurisprudencia actual a la decisión del Tribunal de Justicia Europeo y levantará la limitación de la retroactividad.

Ahora el Supremo ha señalado que su primera decisión ofrecía una protección incompleta a los consumidores, pues se les negaba la posibilidad de recuperar todo el dinero que habían perdido en sus contratos de préstamo hipotecario. Según apuntan, la jurisprudencia nacional, ofrecía una protección incompleta e insuficiente.

La existencia de «cosa juzgada»

En muchos de los recursos que están presentando las entidades, plantean el problema de «cosa juzgada», así como varios problemas de prejudicialidad.

En algunos casos estos problemas ya existían, sobre todo en temas de reclamaciones individuales y colectivas. Sin embargo, los juzgados ya decidieron tiempo atrás que las acciones individuales y colectivas no tienen la misma identidad y que, por lo tanto, pueden ser juzgadas por separado.

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