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Declarada nula una venta de preferentes

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Un juzgado de Barcelona decide declarar nula la venta de acciones preferentes por parte de Bankia a un matrimonio compuesto por una ama de casa y un enfermo de esclerosis múltiple y atrofia cerebral.

Cuando el afectado se puso enfermo, en el año 2005, vendió su pequeño negocio familiar. Todos sus ahorros estaban en depósitos, libretas de ahorros y acciones de Endesa. Confiaron en los empleados de Bankia, «su banco de siempre», e invirtieron sus ahorros en preferentes, algo más de 130.000 euros. En una práctica que se convirtió en habitual durante el período de venta de preferentes.

El juez ha puesto en duda la capacidad que tenía el hombre, por la enfermedad que padecía, de poder entender el producto que estaba adquiriendo. Se ha de tener muy claro que este matrimonio no tiene el perfil para adquirir un producto tan complejo, ya que no se les puede considerar como inversiores. Según el juez no se les informó de que era un producto híbrido, de por vida y que cotizaba en el mercado secundario, tampoco se les informó en ningún momento del elevado riesgo que tenía.

El fallo del juicio indica que no se les informó de forma clara, comprensible y completa ni cuando fueron adquiridas las preferentes, en el año 2009, ni más tarde. Añade el juez que a principio de ese mismo año se empezó a advertir de la posible situación económica de Bankia. Los empleados y la entidad abusaron de la confianza de los usuarios colocando un producto totalmente inadecuado para personas con una situación personal bastante delicada.

El fallo también refleja que no se cumplieron las exigencias que se requieren por la normativa MFID. El test de conveniencia estaba redactado, pero sin firmar por la mujer. Aunque sí firmaron otro documento, con una redacción extremadamente compleja, en el que admiten reconocer los posibles riesgos, en contra de la información verbal que se les dio. El mismo comercial de Bankia tuvo que reconocer en el juicio que les colocaron las acciones preferentes como producto seguro, bastante rentable, con liquidez y disponibilidad en cinco días.

Según reconoció el empleado durante el juicio, tenían que venderlas como se les indicaba desde la central de ventas de la entidad, sin informar a nadie de los posibles riesgos del producto. Incluso, comentó en el juicio, que adquirió para él mismo algunas acciones preferentes y que de haber conocido sus riesgos no lo hubiera hecho y tampoco las hubiera recomendado a ningún otro cliente.

Reconoció que el objetivo final de la venta de preferentes era el fortalecimiento de los recursos de la entidad, a costa de los clientes. Los comerciales no tenían ni la información, ni la cualificación para vender este tipo de producto.

El juez explica que los clientes a los que se les vendieron las preferentes son clientes normales que destinan sus ahorros a productos seguros, sin riesgos, con rentabilidad, que confían en la entidad y se dejan asesorar por sus empleados. A su vez, considera abusiva la famosa cláusula que deja sin ninguna responsabilidad a la entidad bancaria. El juez declara nula la compra de preferentes y obliga a Bankia a devolver el dinero.

Si se ha visto afectado por las preferentes desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

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